Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021060685)
Resolución de 2 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el procedimiento de autorización ambiental unificada para el proyecto de modificación sustancial de la autorización ambiental unificada de la industria de conservas vegetales ultracongeladas, cuyo titular es Monliz España, SLU, en el término municipal Villafranco del Guadiana.
45 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 51
14187
Martes, 16 de marzo de 2021
10. E
n el caso particular de los residuos peligrosos generados en las instalaciones, éstos deberán envasarse, etiquetarse y almacenarse conforme a lo establecido en los artículos 13,
14 y 15 del Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
para la ejecución de la Ley 20/1986, básica de residuos tóxicos y peligrosos. El tiempo
máximo para el almacenamiento de residuos peligrosos no podrá exceder de seis meses.
11. D
eberán habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en
función de su tipología, clasificación y compatibilidad. Deberán ser áreas cubiertas y de
solera impermeable, que conducirá posibles derrames a arqueta de recogida estanca; su
diseño y construcción deberá cumplir cuanta prescripción técnica y condición de seguridad establezca la normativa vigente en la materia.
12. L
a gestión de los aceites usados se realizará conforme al Real Decreto 679/2006, de 2 de
junio, por el que se regula la gestión de los aceites industriales usados. En su almacenamiento se cumplirá lo establecido en el artículo 5 de dicho real decreto.
-b- Medidas relativas a la prevención, minimización y control
de las emisiones contaminantes a la atmósfera.
1. E
l complejo industrial consta de 24 focos de emisión de contaminantes a la atmósfera, que
se detallan en la siguiente tabla.
Clasificación CAPCA
Foco de emisión
Combustible
(anexo IV Ley 34/2007)
N.º Denominación Grupo
Código
S
NS
C
o producto
D
asociado
de agua de 5,53
B
03 01 03 02
X
X
Gas natural
MWt de p.t.n.
térmico de 2,906
MWt de p.t.n.
de vapor de
agua para la
producción
Producción de
Caldera de fluido
2
asociado
Producción
Caldera de vapor
1
Proceso
C
03 01 03 03
X
X
Gas natural
fluido térmico
caliente para la
producción
14187
Martes, 16 de marzo de 2021
10. E
n el caso particular de los residuos peligrosos generados en las instalaciones, éstos deberán envasarse, etiquetarse y almacenarse conforme a lo establecido en los artículos 13,
14 y 15 del Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
para la ejecución de la Ley 20/1986, básica de residuos tóxicos y peligrosos. El tiempo
máximo para el almacenamiento de residuos peligrosos no podrá exceder de seis meses.
11. D
eberán habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en
función de su tipología, clasificación y compatibilidad. Deberán ser áreas cubiertas y de
solera impermeable, que conducirá posibles derrames a arqueta de recogida estanca; su
diseño y construcción deberá cumplir cuanta prescripción técnica y condición de seguridad establezca la normativa vigente en la materia.
12. L
a gestión de los aceites usados se realizará conforme al Real Decreto 679/2006, de 2 de
junio, por el que se regula la gestión de los aceites industriales usados. En su almacenamiento se cumplirá lo establecido en el artículo 5 de dicho real decreto.
-b- Medidas relativas a la prevención, minimización y control
de las emisiones contaminantes a la atmósfera.
1. E
l complejo industrial consta de 24 focos de emisión de contaminantes a la atmósfera, que
se detallan en la siguiente tabla.
Clasificación CAPCA
Foco de emisión
Combustible
(anexo IV Ley 34/2007)
N.º Denominación Grupo
Código
S
NS
C
o producto
D
asociado
de agua de 5,53
B
03 01 03 02
X
X
Gas natural
MWt de p.t.n.
térmico de 2,906
MWt de p.t.n.
de vapor de
agua para la
producción
Producción de
Caldera de fluido
2
asociado
Producción
Caldera de vapor
1
Proceso
C
03 01 03 03
X
X
Gas natural
fluido térmico
caliente para la
producción