Otras Resoluciones. Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones.- (2021060383)
Resolución de 4 de febrero de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones de orientación y otras actuaciones de políticas activas de empleo para personas con discapacidad correspondiente al ejercicio 2021.
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NÚMERO 50
Lunes, 15 de marzo de 2021

13981

el modelo normalizado que se establece como anexo I a esta resolución, disponible en el
Portal de Empleo de la Junta de Extremadura, en la dirección electrónica
www.extremaduratrabaja.juntaex.es, o la que la sustituya, así como en el Portal del
Ciudadano de la Junta de Extremadura.
3. L
 as solicitudes deberán registrarse en las oficinas de registro del Servicio Extremeño Público de Empleo, o en cualquiera de las oficinas integradas en el Sistema de Registro Único
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura establecido mediante
Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, así como en los lugares previstos en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
4. La solicitud, según el modelo del anexo I de la presente convocatoria, incluirá la declaración responsable de la persona que ostenta la representación legal en la que se acredite la
solvencia de la entidad y la disponibilidad de los medios a los que obliga el artículo 19.2 de
la Orden de 17 de noviembre de 2020.
5. Cada entidad podrá presentar como máximo una sola solicitud. En caso de presentarse más
de una solicitud, únicamente se tendrá en cuenta la que tenga el registro de entrada con
fecha posterior.
6. La solicitud deberá presentarse acompañada de la siguiente documentación:
a) Copia simple de la escritura pública de constitución de la entidad y de los correspondientes estatutos y, en su caso, de modificación, todo ello inscrito en el registro correspondiente, salvo que ésta ya figure en poder de la Administración, en cuyo caso deberá
indicarse en el apartado correspondiente en la solicitud de subvención, haciendo constar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos.
b) Copia simple del NIF de la entidad y del DNI de la persona que actúa en nombre y
representación de la persona jurídica solicitante cuando la entidad se oponga a que la
comprobación se realice de oficio por el órgano instructor, de acuerdo con los datos de
identificación que obren en sus archivos, bases de datos u otros fondos documentales o
mediante los servicios ofrecidos por el Ministerio prestador del Sistema de Verificación
de Datos de Identidad (SVDI) y del Sistema de Desarrollo Estructurado de la Hacienda
Extremeña y sus Servicios Administrativos (DEHESA) .
c) Copia simple del documento que acredite el poder de representación ante la Administración, cuando la entidad se oponga a que la comprobación se realice de oficio por el
órgano instructor a través de los Servicios de Verificación y Consulta de Datos SCSP de
la Red SARA. Si esta documentación ya figura en poder de la Administración deberá indicarse en el apartado correspondiente en la solicitud de subvención, haciendo constar
en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos.