Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060661)
Resolución de 24 de febrero de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de ampliación de explotación porcina en el término municipal de Torrecillas de la Tiesa (Cáceres), cuyo promotor es Agropecuaria Cachiporro, SL. Expte.: IA19/0062.
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NÚMERO 50
Lunes, 15 de marzo de 2021

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continuación, establecidas como respuesta al análisis técnico realizado. En los casos en que
pudieran existir discrepancias entre unas y otras, prevalecerán las contenidas en la presente
declaración.
D.1. Condiciones de carácter general.
1. Deberán cumplirse todas las medidas protectoras y correctoras descritas en el documento
ambiental, en tanto no entren en contradicción con el condicionado del presente informe.
2. Antes de comenzar los trabajos se contactará con los Agentes del Medio Natural de la zona
a efectos de asesoramiento para una correcta realización de los mismos.
3. C
 ualquier modificación del proyecto original deberá ser comunicada al órgano ambiental.
Dichas modificaciones no podrán llevarse a cabo hasta que éste no se pronuncie sobre el
carácter de la modificación, al objeto de determinar si procede o no someter nuevamente
el proyecto al trámite ambiental oportuno.
4. No se realizará ningún tipo de obra auxiliar sin contar con su correspondiente informe,
según la legislación vigente.
5. 
Deberá tenerse en cuenta la normativa en materia de incendios forestales, Decreto
260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura y modificaciones posteriores, así como el
Decreto 52/2010, de 5 de marzo, por el que se aprueba el plan de lucha contra incendios
forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan Infoex), y modificaciones
posteriores.
6. Cualquier actuación que se realice en el DPH requiere autorización administrativa previa.
De acuerdo con el artículo 126 del Reglamento del DPH, la tramitación de expedientes de
autorización de obras dentro, o sobre, el DPH se realizará según el procedimiento normal
regulado en los artículos 53 y 54, con las salvedades y precisiones que en aquel se indican.
7. Si durante el desarrollo de los trabajos o la actividad se detectara la presencia de alguna
especie de fauna o flora silvestre incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el Catálogo Regional de
Especies Amenazadas de Extremadura, y Decreto 78 /2018, de 5 de junio, por el que se
modifica el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el Catálogo Regional de
Especies Amenazadas de Extremadura), y/o en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (Real Decreto 130/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listados de Especies
Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenaza-