Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021060611)
Resolución de 22 febrero de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se desestima a Juan José Silva Ortiz, la solicitud de autorización ambiental unificada para explotación porcina en el término municipal de Maguilla.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 49
Viernes, 12 de marzo de 2021

13795

Tercero. Esta actividad cuya autorización se pretende, se encuentra incluida en el ámbito de
aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En concreto, en la categoría 1.2 del anexo II, relativa a “Instalaciones
ganaderas, no incluidas en el anexo I, destinadas a la cría de ganado porcino, incluyendo jabalíes, que dispongan de más de 350 emplazamientos o animales autorizados para cerdos de
cría y/o 50 emplazamientos o animales para cerdas reproductoras”, por lo tanto, debe contar
con AAU para ejercer la actividad.
Cuarto. Conforme a lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se somete a autorización
ambiental unificada el montaje, explotación, traslado o modificación sustancial, de las instalaciones de titularidad pública o privada en las que se desarrolle alguna de las actividades que
se incluyen en el anexo II de dicha ley.
Quinto. El artículo 16.6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura establece: “el Ayuntamiento en cuyo territorio se ubique
la instalación, deberá emitir un informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia”. En referencia a dicho informe
el mismo artículo indica: “Este informe se pronunciará sobre competencias estrictamente
municipales, tendrá carácter preceptivo y será vinculante para el órgano ambiental a efectos
de la resolución del procedimiento, cuando el Ayuntamiento informan-te se pronuncie negativamente sobre cualquiera de las materias propias del contenido de aquél”.
Sexto. En virtud de lo expuesto, atendiendo a los antecedentes de hecho y de acuerdo con
los fundamentos jurídicos expuestos, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería
para la Transición Ecológica y Sostenibilidad,
RESUELVE
Desestimar la autorización ambiental unificada solicitada por Juan José Silva Ortiz, para el
proyecto de explotación porcina en el término municipal de Maguilla (Badajoz), por informe
del Servicio de Urbanismo, Vivienda y Arquitectura del Área de Fomento de la Diputación de
Badajoz con pronunciamiento desfavorable, siendo éste preceptivo y vinculante de conformidad con el artículo 16.6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril. El número de expediente de la
instalación es el AAU 19/173.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer
recurso de alzada de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 115, 121 y 122 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante la Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución.