Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021060645)
Resolución de 17 de febrero de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se revisa y modifica la autorización ambiental integrada de explotación porcina en régimen intensivo, titularidad de Dehesa Solobreña, SL, en el término municipal de Fregenal de la Sierra, provincia de Badajoz.
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NÚMERO 49
Viernes, 12 de marzo de 2021

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b. Uso de sistemas de alumbrado de bajo consumo. La explotación cuenta con sistema de
alumbrado de bajo consumo tipo LED en cada una de las naves. El titular podrá justificarlo mediante facturas de compra.
c. Aplicación de una ventilación natural. La explotación cuenta con ventilación natural en
naves.
1.7. Emisiones acústicas.
MTD 9. Para evitar o, cuando ello no sea posible, reducir las emisiones sonoras, la MTD consiste en establecer y aplicar un plan de gestión del ruido, como parte del sistema de gestión
ambiental (véase la MTD 1):
Esta MTD no será de aplicación ya que no se prevén molestias debidas al ruido en receptores
sensibles y tampoco se han confirmado la existencia de tales molestias.
MTD 10. Para evitar o, cuando no sea posible, reducir las emisiones de ruido, la MTD consiste
en utilizar la técnica indicada a continuación:
a. Velar por que haya una distancia adecuada entre la nave/ explotación y los receptores
sensibles. La distancia con receptores sensible es lo suficientemente grande como para
no causar ningún tipo de molestia sonora.
1.8. Emisiones de polvo.
MTD 11. Para reducir las emisiones de polvo de cada alojamiento para animales, la MTD consiste en utilizar una o varias de las técnicas que se indican a continuación.
a. Reducción de la generación de polvo en los edificios para el ganado. La explotación
utilizará alimentación ad libitum y piensos húmedos, pienso granulado o añadir aglutinantes o materias primas oleosas a los sistemas de pienso seco, así como utilizar tolvas
cerradas para el cumplimiento de esta MTD.
1.9. Emisiones de olores.
MTD 12. Para evitar o, cuando ello no sea posible, reducir los olores procedentes de una explotación, la MTD consiste en establecer, aplicar y revisar periódicamente un plan de gestión
de olores, como parte del sistema de gestión ambiental (véase la MTD 1):
Esta MTD no será de aplicación ya que no se prevén molestias debidas a olores en receptores sensibles y tampoco se han confirmado la existencia de tales molestias.