Anuncios. Ayuntamiento De Villanueva De La Serena. Urbanismo.- (2021080245)
Anuncio de 4 de marzo de 2021 relativo a la aprobación de la ampliación de los plazos de ejecución de las obras de urbanización y de vigencia del Programa de Ejecución de la Actuación Urbanizadora del Sector n.º 1 y único del suelo urbanizable de la Entidad Local Menor de Valdivia, denominado "Las Aguas".
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NÚMERO 49
Viernes, 12 de marzo de 2021
13850
ANUNCIO de 4 de marzo de 2021 relativo a la aprobación de la ampliación
de los plazos de ejecución de las obras de urbanización y de vigencia del
Programa de Ejecución de la Actuación Urbanizadora del Sector n.º 1 y único
del suelo urbanizable de la Entidad Local Menor de Valdivia, denominado "Las
Aguas". (2021080245)
Por el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 18 de diciembre de 2020,
se aprobó ampliar en cinco años el plazo para la ejecución de las obras de urbanización vinculadas al Programa de Ejecución del sector n.º 1 y único del suelo urbanizable de la Entidad
Local Menor de Valdivia “Las Aguas”, debiendo estar concluidas dichas obras, como máximo,
el 18 de noviembre de 2025; y asimismo, ampliar en cinco años y ochenta y tres días el plazo
de vigencia del programa de ejecución del citado sector, finalizando su vigencia el 27 de julio
de 2026.
El día 3 de febrero de 2021 se formalizó la ampliación de los indicados plazos mediante la
adenda n.º 3 al convenio urbanístico suscrito el día 14 de abril de 2011 con la Agrupación de
Interés Urbanístico “Las Aguas, Valdivia-Villanueva de la Serena” (V64703705), cuya modificación había sido formalizada también mediante adendas el día 24 de mayo de 2018 (la n.º 1)
y el día 10 de junio de 2020 (la n.º 2).
Con fecha 2 de marzo actual se ha procedido a la anotación de la aprobación de la ampliación
de los indicados plazos y de la formalización de la adenda n.º 3 al convenio urbanístico depositado como parte del Programa de Ejecución, inscrito con el número de asiento 0008/2011 en
el Registro de Programas de Ejecución y Agrupaciones de Interés Urbanístico dependiente de
la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, de la Consejería de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura.
Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo establecido en los
artículos 135, apartado 8, y 137, apartado 2, de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del
Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, en relación con la disposición transitoria quinta de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible
de Extremadura; haciendo saber que contra la aprobación de la ampliación de los indicados
plazos, que conforme determinan los artículos 52.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y 114.1.c) y d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de
lo Contencioso-Administrativo de Mérida (Badajoz), en el plazo de dos meses, contado a partir
del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura,
según lo dispuesto en los artículos 8.1 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Viernes, 12 de marzo de 2021
13850
ANUNCIO de 4 de marzo de 2021 relativo a la aprobación de la ampliación
de los plazos de ejecución de las obras de urbanización y de vigencia del
Programa de Ejecución de la Actuación Urbanizadora del Sector n.º 1 y único
del suelo urbanizable de la Entidad Local Menor de Valdivia, denominado "Las
Aguas". (2021080245)
Por el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 18 de diciembre de 2020,
se aprobó ampliar en cinco años el plazo para la ejecución de las obras de urbanización vinculadas al Programa de Ejecución del sector n.º 1 y único del suelo urbanizable de la Entidad
Local Menor de Valdivia “Las Aguas”, debiendo estar concluidas dichas obras, como máximo,
el 18 de noviembre de 2025; y asimismo, ampliar en cinco años y ochenta y tres días el plazo
de vigencia del programa de ejecución del citado sector, finalizando su vigencia el 27 de julio
de 2026.
El día 3 de febrero de 2021 se formalizó la ampliación de los indicados plazos mediante la
adenda n.º 3 al convenio urbanístico suscrito el día 14 de abril de 2011 con la Agrupación de
Interés Urbanístico “Las Aguas, Valdivia-Villanueva de la Serena” (V64703705), cuya modificación había sido formalizada también mediante adendas el día 24 de mayo de 2018 (la n.º 1)
y el día 10 de junio de 2020 (la n.º 2).
Con fecha 2 de marzo actual se ha procedido a la anotación de la aprobación de la ampliación
de los indicados plazos y de la formalización de la adenda n.º 3 al convenio urbanístico depositado como parte del Programa de Ejecución, inscrito con el número de asiento 0008/2011 en
el Registro de Programas de Ejecución y Agrupaciones de Interés Urbanístico dependiente de
la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, de la Consejería de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura.
Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo establecido en los
artículos 135, apartado 8, y 137, apartado 2, de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del
Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, en relación con la disposición transitoria quinta de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible
de Extremadura; haciendo saber que contra la aprobación de la ampliación de los indicados
plazos, que conforme determinan los artículos 52.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y 114.1.c) y d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de
lo Contencioso-Administrativo de Mérida (Badajoz), en el plazo de dos meses, contado a partir
del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura,
según lo dispuesto en los artículos 8.1 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.