Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060620)
Resolución de 2 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Industria de perfilado de bobinas de aluminio", cuyo promotor es Extremeña de Perfilados de Aluminio, SL, en el término municipal de Fuente del Maestre. Expte.: IA-18/1865.
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NÚMERO 48
Jueves, 11 de marzo de 2021

13582

— Asimismo, no se detecta afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial
general (Plan Territorial), de ordenación territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústico, Plan Especial de Ordenación del Territorio) ni de intervención directa (Proyecto de
Interés Regional) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y
urbanística sostenible de Extremadura, en vigor desde el 27 de junio de 2019.
• La Confederación Hidrográfica del Guadiana en materia de sus competencias hace las siguientes consideraciones:
Cauces, zona de servidumbre, zona de policía
El cauce arroyo de los Negros discurre a unos 1.220 metros al noroeste de la zona de actuación planteada, por lo que no se prevé afección física alguna a cauces que constituyan el DPH
del Estado, definido en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA), ni a las zonas de servidumbre
y policía.
De acuerdo con los artículos 6 y 7 del Reglamento del DPH, aprobado por el Real Decreto
849/1986, de 11 de abril, los terrenos (márgenes) que lindan con los cauces están sujetos en
toda su extensión longitudinal a:
— Una zona de servidumbre de 5 metros de anchura para uso público, con los siguientes
fines: protección del ecosistema fluvial y del DPH; paso público peatonal, vigilancia,
conservación y salvamento; y varado y amarre de embarcaciones en caso de necesidad.
— Una zona de policía de 100 metros de anchura en la que se condiciona el uso del suelo
y las actividades que se desarrollen.
Consumo de agua.
Según la documentación aportada, el proyecto requiere un volumen de agua que asciende a
la cantidad de 500 m3/año, aunque no se indica el origen del recurso. Simplemente se indica
que “en el proceso de fabricación de EXPALUM no interviene el agua, por esta razón en las instalaciones se tiene un consumo tipo de unos 500 m3 al año, requerido para el comedor, aseos
y riego”. Aunque no se menciona expresamente, dada la proximidad de las instalaciones al
casco urbano, es de suponer que cuentan con conexión a la red de abastecimiento municipal.
Cuando el abastecimiento de agua se realiza desde la red municipal, la competencia para el
suministro es del propio Ayuntamiento, siempre y cuando disponga de los derechos de uso
suficientes.