Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021060634)
Resolución de 2 de marzo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación y Empleo y Talleres Morcillo de Don Benito, SL, para el ciclo formativo de Grado Medio de Electromecánica de Maquinaria.
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NÚMERO 47
Miércoles, 10 de marzo de 2021
13285
CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE
LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y TALLERES MORCILLO
DE DON BENITO, S.L., PARA EL CICLO FORMATIVO DE GRADO MEDIO
DE ELECTROMECÁNICA DE MAQUINARIA.
Mérida, 18 de febrero de 2021.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la
Junta de Extremadura, don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto
151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm. 223, de
19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, la empresa Talleres Morcillo de Don Benito, S.L., con CIF B06246359 y domicilio
fiscal en C/ Sanabria, número 34, Polígono Industrial San Isidro, código postal 06400 Don
Benito, Badajoz, con teléfono de contacto, correo electrónico y Don Álvaro Ignacio Morcillo
Díaz, como administrador único y representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Que el objetivo del presente convenio entre las entidades a las que representan para el desarrollo de un proyecto de formación profesional dual en el sistema educativo.
2. Que el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible insta
a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las empresas y
entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para garantizar
que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
3. Que el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para
la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual, fija en
su Título 111, bajo la rúbrica Formación profesional dual del sistema educativo, el marco
para el desarrollo de proyectos de formación profesional dual en el sistema educativo, con la
coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.
4. Que el apartado 1 del artículo 29 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, establece que los centros educativos autorizados para impartir ciclos formativos de formación
Miércoles, 10 de marzo de 2021
13285
CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE
LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y TALLERES MORCILLO
DE DON BENITO, S.L., PARA EL CICLO FORMATIVO DE GRADO MEDIO
DE ELECTROMECÁNICA DE MAQUINARIA.
Mérida, 18 de febrero de 2021.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la
Junta de Extremadura, don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto
151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm. 223, de
19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, la empresa Talleres Morcillo de Don Benito, S.L., con CIF B06246359 y domicilio
fiscal en C/ Sanabria, número 34, Polígono Industrial San Isidro, código postal 06400 Don
Benito, Badajoz, con teléfono de contacto, correo electrónico y Don Álvaro Ignacio Morcillo
Díaz, como administrador único y representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Que el objetivo del presente convenio entre las entidades a las que representan para el desarrollo de un proyecto de formación profesional dual en el sistema educativo.
2. Que el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible insta
a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las empresas y
entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para garantizar
que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
3. Que el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para
la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual, fija en
su Título 111, bajo la rúbrica Formación profesional dual del sistema educativo, el marco
para el desarrollo de proyectos de formación profesional dual en el sistema educativo, con la
coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.
4. Que el apartado 1 del artículo 29 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, establece que los centros educativos autorizados para impartir ciclos formativos de formación