Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021060653)
Resolución de 4 de marzo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el desarrollo del sistema de información urbana.
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NÚMERO 46

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Martes, 9 de marzo de 2021

CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y
AGENDA URBANA Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA,
PARA EL DESARROLLO DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN URBANA.
A 4 de diciembre de 2020,
REUNIDOS
De una parte, D. Pedro Saura Garcia, en su calidad de Secretario de Estado de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana, en virtud del Real Decreto 28/2020 de 14 de enero, por el que se
dispone su nombramiento y de lo dispuesto en el de conformidad con el artículo 62.2 g) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
De otra parte, Dª. Maria Curiel Muñoz, Secretaria General de la Consejería de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio, cargo que ostenta en virtud de nombramiento por
Decreto 71/2019, de 16 de julio (D.O.E. número 137 de 17 de julio de 2019), actuando en el
ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por Resolución de 23 de julio de 2019, de
la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, por la que se delegan determinadas competencias, así como la firma de resoluciones y actos, en la Secretaría General
de Consejería (DOE número 144, de 26 de julio) y en el ejercicio de las competencias que le
atribuye el Decreto del Presidente 16/2019 de 1 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Ambas partes se reconocen competencia para la adopción de este Convenio y a tal efecto,
EXPONEN
Primero. Que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ejerce, a través de la
Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, las competencias que, conforme a lo establecido en el artículo 149.1.1 de la Constitución, corresponden a la Administración General del Estado en materia de vivienda y suelo, de conformidad con lo previsto en el
artículo 2.11 del Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Que, de acuerdo con lo previsto en las letras d y j) del artículo 12.2 del citado Real Decreto,
la Dirección General de Vivienda y Suelo, ejerce, entre otras, las siguientes funciones:
• El diseño, el mantenimiento y la actualización del sistema de información urbana a que
se refiere la Disposición adicional primera del Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, para