Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021060608)
Resolución de 26 de febrero de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación y Empleo y Axis, CB, para el ciclo formativo de Grado Superior en Diseño y Amueblamiento.
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NÚMERO 46
Martes, 9 de marzo de 2021
13085
Decimoséptima. Los estudiantes y tutores legales, en su caso, deberán
adoptar, suscribiendo el modelo normalizado establecido al efecto (Anexo
IV), el compromiso de cumplir las condiciones del proyecto y de la empresa
participante establecidas en el convenio.
Decimoctava. Se establece formación complementaria:
□N
o.
□ S í
1
(especificar):
Decimonovena. Este convenio entra en vigor desde el momento de la firma
del mismo y tendrá una duración de cuatro años.
Vigésima. En lo no contemplado en el convenio y sus Anexos será de aplicación el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, y demás normativa
de aplicación.
Vigésima Primera. El presente convenio podrá extinguirse por mutuo
acuerdo, por expiración del tiempo convenido o por denuncia de cualquiera
de las partes, que será comunicada a la otra con una antelación mínima de
treinta días, arbitrándose en todo caso por la empresa las medidas necesarias para que el alumnado que haya iniciado el proyecto en modalidad dual
pueda completarlo, hasta la obtención del título y que estén en todo caso
basadas en alguna de las siguientes causas:
a. Cese de actividades del centro educativo o de la empresa colaboradora.
b. Fuerza mayor que imposibilite el desarrollo de las actividades programadas.
c. Incumplimiento de las cláusulas establecidas en el convenio, inadecuación pedagógica de las actividades formativas programadas o vulneración de las normas que, en relación con la realización de las actividades
programadas, estén en cada caso vigentes.
Igualmente se podrá rescindir para un determinado alumno, alumna o grupo
de estudiantes, por cualquiera de las partes firmantes, y ser excluido de su
participación en el convenio por decisión unilateral del centro educativo, de
la empresa colaboradora, o conjunta de ambos, en los siguientes supuestos:
1 Su desarrollo se concreta en el programa de formación.
Martes, 9 de marzo de 2021
13085
Decimoséptima. Los estudiantes y tutores legales, en su caso, deberán
adoptar, suscribiendo el modelo normalizado establecido al efecto (Anexo
IV), el compromiso de cumplir las condiciones del proyecto y de la empresa
participante establecidas en el convenio.
Decimoctava. Se establece formación complementaria:
□N
o.
□ S í
1
(especificar):
Decimonovena. Este convenio entra en vigor desde el momento de la firma
del mismo y tendrá una duración de cuatro años.
Vigésima. En lo no contemplado en el convenio y sus Anexos será de aplicación el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, y demás normativa
de aplicación.
Vigésima Primera. El presente convenio podrá extinguirse por mutuo
acuerdo, por expiración del tiempo convenido o por denuncia de cualquiera
de las partes, que será comunicada a la otra con una antelación mínima de
treinta días, arbitrándose en todo caso por la empresa las medidas necesarias para que el alumnado que haya iniciado el proyecto en modalidad dual
pueda completarlo, hasta la obtención del título y que estén en todo caso
basadas en alguna de las siguientes causas:
a. Cese de actividades del centro educativo o de la empresa colaboradora.
b. Fuerza mayor que imposibilite el desarrollo de las actividades programadas.
c. Incumplimiento de las cláusulas establecidas en el convenio, inadecuación pedagógica de las actividades formativas programadas o vulneración de las normas que, en relación con la realización de las actividades
programadas, estén en cada caso vigentes.
Igualmente se podrá rescindir para un determinado alumno, alumna o grupo
de estudiantes, por cualquiera de las partes firmantes, y ser excluido de su
participación en el convenio por decisión unilateral del centro educativo, de
la empresa colaboradora, o conjunta de ambos, en los siguientes supuestos:
1 Su desarrollo se concreta en el programa de formación.