Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021060591)
Resolución de 24 de febrero de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación avícola de cebo de pollos promovida por Francisco González Morales, en el término municipal de Aceuchal (Badajoz).
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
39 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 46
Martes, 9 de marzo de 2021

13193

RESOLUCIÓN de 24 de febrero de 2021, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para
explotación avícola de cebo de pollos promovida por Francisco González
Morales, en el término municipal de Aceuchal (Badajoz). (2021060591)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 21 de febrero de 2019 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU) para la ampliación de
una explotación avícola de cebo de pollos ubicada en el término municipal de Aceuchal (Badajoz) y promovida por Francisco González Morales, con domicilio social en C/ Labrador, n.º
2- 3.º A, C.P. 06200 de Almendralejo (Badajoz).
Segundo. El proyecto consiste en la ampliación de una explotación avícola de cebo de pollos
en régimen de explotación intensivo con capacidad para 48.750 pollos por ciclo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015 de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.1 del
anexo II.
La actividad se llevará a cabo en el término municipal de Aceuchal (Badajoz), y más concretamente en el polígono 12, parcela 566, con una superficie total de 2,5 Has. Las características
esenciales del proyecto se describen en la presente resolución.
Tercero. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fecha 11
de marzo de 2019, se remite copia del expediente al Ayuntamiento Aceuchal, a fin de que por
parte de éste se promoviese la participación real y efectiva de las personas interesadas, en
todo caso, de los vecinos inmediatos, en el procedimiento de otorgamiento de la autorización
ambiental unificada. Del mismo modo, se le indicaba que disponía de un plazo de 20 días
desde la recepción del expediente, para remitir un informe técnico que se pronuncie sobre la
adecuación de la instalación a todas aquellas materias de competencia municipal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
Bases de Régimen Local.
Cuarto. Con fecha 12 de marzo de 2019, el órgano ambiental publica anuncio en su sede
electrónica, poniendo a disposición del público, durante un plazo de 10 días, la información
relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Durante este periodo se reciben alegaciones por parte de Greenpeace que han sido tenidas
en cuenta en el procedimiento.