Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Urbanismo.- (2021060666)
Resolución de 2 de marzo de 2021, de la Consejera, sobre aprobación de la modificación del proyecto de reparcelación correspondiente al Proyecto de Interés Regional "Plataforma Logística del Suroeste Europeo, 1ª fase", en Badajoz.
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NÚMERO 46

13175

Martes, 9 de marzo de 2021

presente caso, se les aplicará, las determinaciones previstas en la Ley 15/2001, de 14 de
diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura. Asimismo, en cuanto no se
ha producido un desplazamiento por desarrollo reglamentario, se seguirá aplicando, supletoriamente y en lo que sea compatible con la indicada ley, el Real Decreto 3288/1978, de
25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística, en atención a la
disposición transitoria octava de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación
Territorial de Extremadura.
Considerando que la alteración propuesta del proyecto de reparcelación constituye una modificación de dicho Proyecto, que exige la tramitación correspondiente a toda modificación de
un proyecto reparcelatorio, (según se indica en la sentencia de 31 de octubre del 2000 de la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo), debiendo ajustarse a las reglas
establecidas en el artículo 43.3 de la LSOTEX, así como a lo preceptuado por los artículos 101
y siguientes del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística, en lo que sea compatible con aquella.
Considerando que la modificación del Proyecto Reparcelación planteada contempla las determinaciones documentales establecidas en los artículos 82 y siguientes del Real Decreto
3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística, en
aquello que se entienda aplicable a esta modificación.
Asimismo, se observa el cumplimento de las reglas procedimentales establecidas en el artículo
43.3 de la LSOTEX en relación con los artículos 101 y siguientes del Real Decreto 3288/1978,
de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística. Según consta
en el expediente, durante la tramitación únicamente se ha formulado alegación por parte del
Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, que tras su debida valoración, ha sido desestimada, por lo
que no se ha producido alteración en el documento técnico de modificación del proyecto de
reparcelación respecto de su redacción inicial.
En virtud de lo establecido en el artículo 64.3 de la LSOTEX y en el artículo 5.2.d) del Decreto 50/2016, de 26 de abril, de atribuciones de los órganos urbanísticos y de ordenación del
territorio, y de organización y funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del
Territorio de Extremadura, y a propuesta de Dirección General de Urbanismo Y ordenación del
Territorio
RESUELVO
1.º) A
 probar la modificación del proyecto de reparcelación correspondiente al Proyecto de
Interés Regional “Plataforma Logística del Suroeste Europeo, 1.ª Fase”, en Badajoz, formulada por la Dirección General de Transportes de la Consejería de Movilidad, Transporte
y Vivienda de la Junta de Extremadura.