Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Normas Subsidiarias.- (2021060665)
Corrección de errores de la Resolución de 3 de febrero de 2021, de la Consejera, sobre la aprobación de la modificación n.º 2 en lo relativo a las numeradas como 5, 20, 21, 35, 36, 41 y 52 de las Normas Subsidiarias de Montijo.
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NÚMERO 46
Martes, 9 de marzo de 2021

13167

OBSERVACIONES:
Espacio Libre S. General: EL/11G
Se desarrollará mediante un proyecto de urbanización que integre unitariamente el espacio libre total”.
Debe decir:
“ARTÍCULO 9.6. ÁMBITO R2: DESARROLLO RESIDENCIAL DE MONTIJO.
Comprende los terrenos perimetrales al casco urbano, semiconsolidados por la edificación
y de uso eminentemente residencial.
CONDICIONES DE PARCELA


— Superficie mínima: 100 m2



— Frente mínimo: 6,00 m.



— Dimensión mínima entre linderos enfrentados: 4,5 m.

CONDICIONES DE LA EDIFICACIÓN
— Ordenación:


Generalmente según alineación a vial.

Para casos concretos de intervenciones unitarias, que se ejecuten según un único
proyecto y, en tramos de calle completos (de esquina a esquina) se permitirá la ordenación según regulación de parcela, con un retranqueo máximo de 6 m.


— Altura máxima:




3 plantas (B+2) y 10,5 m.

— Fondo máximo edificable:



Uso permitido: 20 m. en todas las plantas.



Uso condicionado: 20 m. en todas las plantas.

— Ocupación:
Uso permitido: 50% del solar restante a partir de la profundidad edificable, únicamente para construcciones auxiliares, en planta baja, e 1 planta y no habitables.