Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060575)
Resolución de 25 de febrero de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan General Municipal de Malpartida de Plasencia.
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NÚMERO 45
Lunes, 8 de marzo de 2021
12994
Además de las categorías de Suelo No Urbanizable serán de aplicación condiciones complementarias conforme a las siguientes afecciones sectoriales en los ámbitos correspondientes.
1. Protección Hidrológica, conforme a la Ley de Aguas.
2. P
rotección de Hábitats de Interés, conforme a la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de
Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y la Directiva 92/43/CEE del Consejo de 21 de
mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la flora y fauna
silvestres.
3. Protección de Montes de Utilidad Pública, conforme a la Ley de Montes.
4. Decreto sobre áreas de exclusión de aerogeneradores.
5. Protección y regulación de líneas eléctricas de alta tensión.
b) Proceso de evaluación del Plan: su tramitación y desarrollo.
El procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria del Plan General Municipal de
Malpartida de Plasencia comenzó cuando el Ayuntamiento de Malpartida de Plasencia remitió
con fecha 13 de marzo de 2018 a la entonces Dirección General de Medio Ambiente, la solicitud de inicio de la evaluación ambiental estratégica ordinaria del Plan General Municipal junto
al documento inicial estratégico y al borrador del plan.
Con fecha 21 de marzo de 2018 como prevé el artículo 41 de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la entonces Dirección
General de Medio Ambiente sometió el borrador del plan y el documento inicial estratégico a
consultas de las Administraciones públicas afectadas y de las personas interesadas otorgándoles un plazo para responder de 45 días hábiles desde su recepción con objeto de la elaboración del documento de alcance.
La entonces Dirección General de Sostenibilidad remitió con fecha 12 de julio de 2018 al
Ayuntamiento de Malpartida de Plasencia el documento de alcance para la determinación
del contenido, amplitud y nivel de detalle del estudio ambiental estratégico, el cual tuvo en
cuenta las contestaciones de las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas.
El documento de alcance incorpora también los criterios ambientales y principios de sostenibilidad aplicables. Igualmente se indicaron las modalidades de información y consulta y se
identificaron las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas.
La aprobación inicial del Plan General Municipal de Malpartida de Plasencia se realizó con fecha 12 de julio de 2018. Toda la documentación, incluido el estudio ambiental estratégico del
Plan General Municipal fue sometido a información pública durante 45 días mediante anuncio
Lunes, 8 de marzo de 2021
12994
Además de las categorías de Suelo No Urbanizable serán de aplicación condiciones complementarias conforme a las siguientes afecciones sectoriales en los ámbitos correspondientes.
1. Protección Hidrológica, conforme a la Ley de Aguas.
2. P
rotección de Hábitats de Interés, conforme a la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de
Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y la Directiva 92/43/CEE del Consejo de 21 de
mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la flora y fauna
silvestres.
3. Protección de Montes de Utilidad Pública, conforme a la Ley de Montes.
4. Decreto sobre áreas de exclusión de aerogeneradores.
5. Protección y regulación de líneas eléctricas de alta tensión.
b) Proceso de evaluación del Plan: su tramitación y desarrollo.
El procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria del Plan General Municipal de
Malpartida de Plasencia comenzó cuando el Ayuntamiento de Malpartida de Plasencia remitió
con fecha 13 de marzo de 2018 a la entonces Dirección General de Medio Ambiente, la solicitud de inicio de la evaluación ambiental estratégica ordinaria del Plan General Municipal junto
al documento inicial estratégico y al borrador del plan.
Con fecha 21 de marzo de 2018 como prevé el artículo 41 de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la entonces Dirección
General de Medio Ambiente sometió el borrador del plan y el documento inicial estratégico a
consultas de las Administraciones públicas afectadas y de las personas interesadas otorgándoles un plazo para responder de 45 días hábiles desde su recepción con objeto de la elaboración del documento de alcance.
La entonces Dirección General de Sostenibilidad remitió con fecha 12 de julio de 2018 al
Ayuntamiento de Malpartida de Plasencia el documento de alcance para la determinación
del contenido, amplitud y nivel de detalle del estudio ambiental estratégico, el cual tuvo en
cuenta las contestaciones de las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas.
El documento de alcance incorpora también los criterios ambientales y principios de sostenibilidad aplicables. Igualmente se indicaron las modalidades de información y consulta y se
identificaron las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas.
La aprobación inicial del Plan General Municipal de Malpartida de Plasencia se realizó con fecha 12 de julio de 2018. Toda la documentación, incluido el estudio ambiental estratégico del
Plan General Municipal fue sometido a información pública durante 45 días mediante anuncio