Disposiciones Generales. Consejería De Educación Y Empleo. Competencia Profesional.- (2021050024)
Orden de 3 de marzo de 2021 por la que se convoca, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, el procedimiento de reconocimiento, evaluación y acreditación de las competencias profesionales de las cualificaciones profesionales de Montaje y mantenimiento de instalaciones eléctricas de baja tensión, Acondicionamiento físico en sala de entrenamiento polivalente, Animación físico-deportiva y recreativa para personas con discapacidad, Acondicionamiento físico en grupo con soporte musical, Servicio para el control de plagas, Gestión para el Control de organismos nocivos, Montaje y mantenimiento de redes eléctricas de alta tensión de segunda y tercera categoría y centros de transformación, Instalación y mantenimiento de sistemas de electromedicina, Peluquería, Servicios estéticos de higiene, depilación y maquillaje, Socorrismo en instalaciones acuáticas, adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
38 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 44
Viernes, 5 de marzo de 2021
12274
A través de este procedimiento se da respuesta a las exigencias marcadas desde la Unión
Europea, cuya máxima es elevar el nivel de cualificación de la población activa y la mejora
de las competencias profesionales, contribuyendo así a la consecución de los objetivos de la
Estrategia Europa 2020.
El Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, determina el procedimiento único, tanto para el
ámbito educativo como para el laboral, que debe aplicarse para la evaluación y acreditación
de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no
formales de formación del que trata el artículo 8.2 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19
de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.
Asimismo, el referido Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, dispone que, en cada Comunidad Autónoma, las administraciones educativa y laboral competentes, establecerán conjuntamente la estructura organizativa responsable del procedimiento.
El Decreto 21/2011, de 25 de febrero, modificado por el Decreto 45/2013, de 2 de abril, establece la organización del procedimiento para el reconocimiento de las competencias adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, destacando como principales órganos y unidades responsables del mismo al Instituto Extremeño de las Cualificaciones y Acreditaciones y al Consejo de la Formación Profesional de Extremadura, garantizando la participación de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas en el seguimiento y evaluación del
procedimiento y el ajuste a las necesidades del mercado laboral de la Comunidad Autónoma.
La reunión del Consejo de Ministros celebrada el día quince de diciembre de dos mil veinte,
a propuesta de la Ministra de Educación y Formación Profesional, supuso la aprobación del
Acuerdo por el que se formalizan los criterios de distribución a las comunidades autónomas,
aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante del
crédito para el año 2020 para financiar el Plan de Formación Profesional para el crecimiento
económico y social y la empleabilidad.
La adopción de este acuerdo supone situar en la centralidad de la 2ª fase del I Plan Estratégico de Formación Profesional a los procedimientos de evaluación y acreditación de competencias profesionales, y uno de los grandes retos tras la desescalada del confinamiento será la
reactivación de manera gradual de los distintos sectores, hasta ahora paralizados, para frenar
el impacto de la crisis económica. Esta fase se desarrollará durante el periodo que se extiende
hasta el 31 de diciembre de 2021.
En ese escenario se ha detectado la necesidad de promover convocatorias para sectores con
mayor ocupación, así como la necesidad de potenciar la oferta de convocatorias que permitan
Viernes, 5 de marzo de 2021
12274
A través de este procedimiento se da respuesta a las exigencias marcadas desde la Unión
Europea, cuya máxima es elevar el nivel de cualificación de la población activa y la mejora
de las competencias profesionales, contribuyendo así a la consecución de los objetivos de la
Estrategia Europa 2020.
El Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, determina el procedimiento único, tanto para el
ámbito educativo como para el laboral, que debe aplicarse para la evaluación y acreditación
de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no
formales de formación del que trata el artículo 8.2 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19
de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.
Asimismo, el referido Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, dispone que, en cada Comunidad Autónoma, las administraciones educativa y laboral competentes, establecerán conjuntamente la estructura organizativa responsable del procedimiento.
El Decreto 21/2011, de 25 de febrero, modificado por el Decreto 45/2013, de 2 de abril, establece la organización del procedimiento para el reconocimiento de las competencias adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, destacando como principales órganos y unidades responsables del mismo al Instituto Extremeño de las Cualificaciones y Acreditaciones y al Consejo de la Formación Profesional de Extremadura, garantizando la participación de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas en el seguimiento y evaluación del
procedimiento y el ajuste a las necesidades del mercado laboral de la Comunidad Autónoma.
La reunión del Consejo de Ministros celebrada el día quince de diciembre de dos mil veinte,
a propuesta de la Ministra de Educación y Formación Profesional, supuso la aprobación del
Acuerdo por el que se formalizan los criterios de distribución a las comunidades autónomas,
aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante del
crédito para el año 2020 para financiar el Plan de Formación Profesional para el crecimiento
económico y social y la empleabilidad.
La adopción de este acuerdo supone situar en la centralidad de la 2ª fase del I Plan Estratégico de Formación Profesional a los procedimientos de evaluación y acreditación de competencias profesionales, y uno de los grandes retos tras la desescalada del confinamiento será la
reactivación de manera gradual de los distintos sectores, hasta ahora paralizados, para frenar
el impacto de la crisis económica. Esta fase se desarrollará durante el periodo que se extiende
hasta el 31 de diciembre de 2021.
En ese escenario se ha detectado la necesidad de promover convocatorias para sectores con
mayor ocupación, así como la necesidad de potenciar la oferta de convocatorias que permitan