Disposiciones Generales. Consejería De Educación Y Empleo. Competencia Profesional.- (2021050025)
Orden de 3 de marzo de 2021 por la que se convoca, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, el procedimiento de reconocimiento, evaluación y acreditación de las competencias profesionales de las cualificaciones profesionales de Fábricas de albañilería, Mantenimiento de sistemas de transmisión de fuerza y trenes de rodaje de vehículos automóviles, Mecanizado por arranque de viruta, Cocina, Servicios de restaurante, bar y cafetería, Instalación de placas de yeso laminado y falsos techos, Operaciones auxiliares de albañilería de fábricas y cubiertas, Montaje y mantenimiento de instalaciones solares fotovoltaicas, Montaje, puesta en servicio, mantenimiento, inspección y revisión de instalaciones receptoras y aparatos de gas, adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
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NÚMERO 44
Viernes, 5 de marzo de 2021

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ORDEN de 3 de marzo de 2021 por la que se convoca, en la Comunidad
Autónoma de Extremadura, el procedimiento de reconocimiento, evaluación
y acreditación de las competencias profesionales de las cualificaciones
profesionales de Fábricas de albañilería, Mantenimiento de sistemas
de transmisión de fuerza y trenes de rodaje de vehículos automóviles,
Mecanizado por arranque de viruta, Cocina, Servicios de restaurante,
bar y cafetería, Instalación de placas de yeso laminado y falsos techos,
Operaciones auxiliares de albañilería de fábricas y cubiertas, Montaje y
mantenimiento de instalaciones solares fotovoltaicas, Montaje, puesta en
servicio, mantenimiento, inspección y revisión de instalaciones receptoras y
aparatos de gas, adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no
formales de formación. (2021050025)
La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional
tiene como finalidad la creación de un Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional que favorezca la formación, con el fin de elevar el nivel y la calidad de vida de las
personas y ayudar a la cohesión económica y social, así como al fomento del empleo.
Esta ley establece que los poderes públicos han de fomentar la formación a lo largo de la vida,
integrando las distintas ofertas formativas e instrumentando el reconocimiento y la acreditación de las cualificaciones profesionales como mecanismo favorecedor de los niveles de
formación y acreditación profesional de cara al libre movimiento de los trabajadores y de los
profesionales. Por otro lado, en su artículo 4 reconoce como instrumento del Sistema Nacional
de Cualificaciones y Formación Profesional el procedimiento de reconocimiento, evaluación,
acreditación y registro de las cualificaciones profesionales.
A través de este procedimiento se da respuesta a las exigencias marcadas desde la Unión
Europea, cuya máxima es elevar el nivel de cualificación de la población activa y la mejora
de las competencias profesionales, contribuyendo así a la consecución de los objetivos de la
Estrategia Europa 2020.
El Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, determina el procedimiento único, tanto para el
ámbito educativo como para el laboral, que debe aplicarse para la evaluación y acreditación
de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no
formales de formación del que trata el artículo 8.2 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19
de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.
Asimismo, el referido Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, dispone que, en cada Comunidad Autónoma, las administraciones educativa y laboral competentes, establecerán conjuntamente la estructura organizativa responsable del procedimiento.