SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-5731)
CENTRO ECOLÓGICO CULTURAL LOS OLIVOS, S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE) FÁBRICA DE EDIFICIOS CANARIOS, S.A. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 208

Lunes 28 de octubre de 2024

Pág. 7076

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

5731

CENTRO ECOLÓGICO CULTURAL LOS OLIVOS, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FÁBRICA DE EDIFICIOS CANARIOS, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,
de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de
apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de
vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida
familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y de ejecución y
cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, el RD-ley 5/2023), se
hace público que el 21 de octubre de 2024 la Junta General Universal
Extraordinaria de los Accionistas de CENTRO ECOLÓGICO CULTURAL LOS
OLIVOS, S.A. (Sociedad absorbente), socio único de FÁBRICA DE EDIFICIOS
CANARIOS, S.A. (Sociedad absorbida), en ejercicio de sus competencias en Junta
General Extraordinaria y Universal, han aprobado y por unanimidad el acuerdo de
fusión por absorción por parte de Centro Ecológico Cultural Los Olivos, S.A. de su
sociedad íntegramente participada Fábrica de Edificios Canarios, S.A., sobre la
base del proyecto común de fusión de fecha 20 de septiembre de 2024 con
disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y la adquisición por sucesión
universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.
La fusión aprobada se efectúa atendiendo a lo dispuesto en el artículo 53 del
citado RDLey 5/2023, al tratarse una fusión por absorción de una sociedad
íntegramente participada por la sociedad absorbente. En consecuencia, no resulta
aplicable para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de fusión de las menciones
3, 5, 6 y 7 del artículo 40 del RD-ley 5/2023, (ii) los informes de administradores y
expertos sobre el Proyecto de fusión, (iii) el aumento de capital social de la
Sociedad Absorbente y (iv) la aprobación de la fusión por la Junta General de la
Sociedad absorbida.
Esta modificación estructural se aprobó por unanimidad siendo aplicable lo
dispuesto en el artículo 9 del RD-Ley 3/2023.

Conforme a lo establecido en el artículo 10 del RD-ley 5/2023, se hace constar
expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas
sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y el Balance de
fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión
en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión
de acuerdo con el artículo 13 del RD-ley 5/2023.
Telde, 21 de octubre de 2024.- En su doble condición de Administrador único
de Centro Ecológico Cultural Los Olivos, S.A. y de Fábrica de Edificios Canarios,
S.A, D. José Luis Moreno Rodríguez.
ID: A240048106-1

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La presente fusión se acogerá al Régimen Tributario establecido en el Capítulo
VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre
Sociedades.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958