SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-5710)
PÍO CÁMARA, S.A. (SOCIEDAD SEGREGADA) PÍO CÁMARA FOTOVOLTAICA, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 207

Viernes 25 de octubre de 2024

Pág. 7050

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

5710

PÍO CÁMARA, S.A.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
PÍO CÁMARA FOTOVOLTAICA, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,
de 28 de junio, por el que se aprueba, entre otros, el régimen jurídico de las
modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("RDL 5/2023"), se
hace público que, con fecha 15 de octubre de 2024, los accionistas de la mercantil
PÍO CÁMARA, S.A. (la "Sociedad Segregada") han aprobado la segregación de la
Sociedad Segregada a favor de una sociedad beneficiaria de nueva creación que
se denominará PÍO CÁMARA FOTOVOLTAICA, S.L. (la "Sociedad Beneficiaria"),
en los términos establecidos en el proyecto de segregación de fecha 30 de junio de
2024.
La segregación implica (i) el traspaso en bloque, por sucesión universal, de la
parte del patrimonio de la Sociedad Segregada integrado por la rama de actividad
dedicada a una actividad de generación y comercialización de energía eléctrica
fotovoltaica, constitutiva de una unidad económica, a favor de la Sociedad
Beneficiaria; así como (ii) la atribución de la totalidad de las participaciones
sociales de la Sociedad Beneficiaria a la Sociedad Segregada.
Asimismo, a efectos de lo dispuesto en el artículo 10 RDL 5/2023, se hace
constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de la
Sociedad Segregada a obtener el texto íntegro del acuerdo de aprobación de la
operación de segregación, así como del balance utilizado como base a los efectos
de establecer las condiciones de la operación. Finalmente, se hace constar que los
acreedores de la Sociedad Segregada cuentan con el régimen de protección
establecido en el RDL 5/2023.
En Burgos, 16 de octubre de 2024.- Administrador Solidario de la Sociedad
Segregada, D. Francisco Javier Cámara Rica.

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