SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. CONVOCATORIAS DE JUNTAS. (BORME-C-2024-5693)
HELIA ENERGÍA RENOVABLE III, SCR, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 207

Viernes 25 de octubre de 2024

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e) Otras cuestiones.
La Sociedad se reserva el derecho a modificar, suspender, cancelar o restringir
los mecanismos de asistencia remota a la Junta por razones técnicas o de
seguridad.
La Sociedad no será responsable de los daños y perjuicios que pudieran
ocasionarse al accionista derivados de la falta de disponibilidad de la plataforma
Microsoft Teams, así como de averías, sobrecargas, caídas de línea, fallos en la
conexión, o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas a la
voluntad de la Sociedad, que dificulten o impidan la utilización de los mecanismos
de asistencia telemática y de delegación de voto. Sin perjuicio de ello, la Sociedad,
en estos casos, se reserva el derecho de adoptar las medidas que cada situación
requiera, entre ellas, la eventual suspensión temporal o prórroga de la Junta si ello
fuese preciso para garantizar el pleno ejercicio de sus derechos por los accionistas
o sus representantes.
Se recuerda que la asistencia telemática por parte del accionista a la Junta
dejará sin efecto la delegación de voto que hubiera podido realizarse con
anterioridad a la celebración de la Junta.
VOTO A DISTANCIA
De conformidad con lo previsto en los Estatutos Sociales, los accionistas de la
Sociedad con derecho a voto que no asistan a la Junta podrán emitir el voto en
relación con los puntos del Orden del día, con carácter previo a su celebración, a
través de medios de comunicación a distancia, siempre que cumplan con los
requisitos legalmente exigidos y con los previstos en la presente convocatoria.
El accionista podrá solicitar de manera gratuita la tarjeta de voto a distancia, la
cual deberán cumplimentar debidamente y firmar a mano para remitirla
posteriormente mediante (i) correo postal certificado a D. Miguel Ángel Pérez
Magdaleno, Paseo de la Castellana, 91, planta 11, 28046 Madrid; o (ii) correo
electrónico a la dirección miguelangel.perez@pleniumpartners.com. El accionista
deberá indicar correctamente el sentido del voto en relación con cada una de las
propuestas de acuerdo sometidas a la Junta, y acompañar los documentos que se
indican en la propia tarjeta de delegación de voto.

En caso de transmisión de las acciones cuya titularidad confiere el derecho de
voto con posterioridad al inicio del plazo de antelación máximo previsto legalmente
a aquél en que haya de celebrarse Junta para disponer de derecho de asistencia a
la misma, el voto emitido a distancia quedará sin efecto. El voto emitido a distancia
se entenderá revocado por la asistencia a la Junta del accionista que lo hubiera
emitido.
Madrid, 22 de octubre de 2024.- El Presidente del Consejo de Administración,
Juan Ignacio Martí Junco.
ID: A240048422-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL

cve: BORME-C-2024-5693
Verificable en https://www.boe.es

Solamente serán considerados válidos los votos recibidos por la Sociedad en
la dirección de correo electrónico miguelangel.perez@pleniumpartners.com con al
menos cuarenta y ocho (48) horas de antelación a la celebración de la Junta, en
primera convocatoria, no computándose aquellos que sean recibidos con
posterioridad. Los accionistas que emitan su voto a distancia en los términos
expuestos serán considerados como presentes a los efectos de la constitución de
la Junta. El accionista que emite su voto a distancia y no hiciera constar
instrucciones de voto respecto de los puntos del Orden del día, se entenderá que
desea votar a favor de las respectivas propuestas formuladas por el Consejo de
Administración.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958