SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-5700)
BUROTEC CONSULTORÍA TÉCNICA, S.L. UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBENTE) BUROTEC ENTIDAD DE INSPECCIÓN, S.L. UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 207

Viernes 25 de octubre de 2024

Pág. 7038

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

5700

BUROTEC CONSULTORÍA TÉCNICA, S.L. UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BUROTEC ENTIDAD DE INSPECCIÓN, S.L. UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5//2023,
de 28 de junio, en relación con los artículos 47 y 53 del mismo texto legal, se hace
público que el socio único de la sociedad BUROTEC CONSULTORÍA TÉCNICA,
S.L. UNIPERSONAL, adoptó la decisión, con fecha 21 de octubre de 2024, de
aprobar la fusión por absorción de sociedad íntegramente participada, siendo
BUROTEC CONSULTORÍA TÉCNICA, S.L. UNIPERSONAL (la sociedad
absorbente), y BUROTEC ENTIDAD DE INSPECCIÓN, S.L. UNIPERSONAL (la
sociedad absorbida), la cual se extinguirá por disolución sin liquidación con la
transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente,
subrogándose la misma, a título universal, en todos los derechos y obligaciones de
la absorbida. Todo ello conforme a los términos del Proyecto Común de Fusión por
Absorción, redactado por el Administrador único de ambas sociedades en fecha 20
de septiembre de 2024, sin que proceda aumento de capital en la sociedad
absorbente de conformidad en lo previsto en el artículo 53, ya que la sociedad
absorbida se encuentra íntegramente participada por la sociedad absorbente, ni la
elaboración del informe de Administradores y expertos sobre el proyecto de fusión,
y sirviendo de base a la operación los Balances de fusión cerrados a 30 de junio
de 2024.
Por tratarse de una decisión adoptada en los términos del artículo 9 del Real
Decreto-ley 5//2023, de 28 de junio, el acuerdo de fusión ha podido adoptarse sin
necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley,
en especial el proyecto de fusión, y sin anuncio sobre la posibilidad de formular
observaciones ni informe de los administradores sobre el proyecto de fusión.
La fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2024.

Madrid, 21 de octubre de 2024.- El Administrador único de Burotec Consultoría
Técnica, S.L. Unipersonal, Javier Mediavilla Romeral.
ID: A240047946-1

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cve: BORME-C-2024-5700
Verificable en https://www.boe.es

Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las
sociedades a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de
fusión y balances de fusión en los términos del artículo 10 del Real Decreto-ley 5/
2023. Asimismo, se hace constar el derecho de protección que asiste a los
acreedores de ésta, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la
publicación del último anuncio de fusión, en los términos del artículo 13 del Real
Decreto-ley 5/2023. Lo aquí expuesto se pone de igual modo en conocimiento de
los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en el Real Decretoley 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958