SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-5709)
AYESA IBERMÁTICA, S.A.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA) ATECH BUSINESS OPERATION, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 207

Viernes 25 de octubre de 2024

Pág. 7049

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

5709

AYESA IBERMÁTICA, S.A.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
ATECH BUSINESS OPERATION, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/
2023,de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en
materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles ("RDLME"), se
hace público que el día 24 de octubre de 2024, el accionista único de la sociedad
Ayesa Ibermática, S.A.U. ("Sociedad Escindida") ha decidido la escisión parcial de
la Sociedad Escindida mediante el traspaso en bloque y por sucesión universal de
parte del patrimonio social de la Sociedad Escindida que constituye una unidad de
negocio que integra el negocio de prestación, a empresas e instituciones, de
servicios de asesoramiento y externalización de tareas administrativas de
obtención, gestión y tratamiento de datos, mediante procesos mecánicos y
tecnologías de la información y la comunicación, unidad de negocio autónoma y
diferenciada dentro de la Sociedad Escindida, que cuenta con equipos y personal
especializado a favor de la sociedad de nueva creación cuya denominación
prevista es "Atech Business Operation, S.L." ("la Sociedad Beneficiaria") todo ello
en los términos previstos en el proyecto de escisión parcial formulado por los
administradores de la Sociedad Escindida el 7 de octubre de 2024.
La Sociedad Beneficiaria se constituirá simultáneamente y como consecuencia
de la escisión parcial, sin que esto suponga la extinción de la Sociedad Escindida,
adquiriendo la Sociedad Beneficiaria por sucesión universal la totalidad de los
derechos y obligaciones integrantes de la parte del patrimonio escindido que se le
atribuye.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios, trabajadores y a los
acreedores de la Sociedad Escindida de obtener el texto íntegro de los acuerdos
de escisión adoptados y el balance de escisión.
Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de la
Sociedad Escindida de oponerse a la escisión en el plazo y los términos previstos
en el artículo 13 del RDLME.
San Sebastián, 24 de octubre de 2024.- D. Joseba Koldobika Inchaurraga
Echebarria y D. Nicolás Raúl Costábile, Administradores mancomunados de la
Sociedad Escindida.

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D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958