SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-5604)
EVOLK DIGITAL S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) SUREVA S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 203

Lunes 21 de octubre de 2024

Pág. 6922

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

5604

EVOLK DIGITAL S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SUREVA S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto Ley 5/2023, de 28 de junio,
sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (RDL 5/2023),
se hace público que con fecha 11 de octubre de 2024 el Socio único común de las
citadas sociedades, Evolk S.L., en Junta General Extraordinaria y Universal de
Evolk Digital S.L.U., anteriormente denominada Impresiones y Copias S.L.U.
(como sociedad absorbente) y Sureva S.A.U. (como sociedad absorbida) han
aprobado la fusión por absorción, previo cambio de denominación social y cambio
de domicilio social a Paseo Arco del Ladrillo, número 90, escalera B, planta 1,
puerta A2, 47008 Valladolid de la sociedad absorbente, mediante la absorción de
Sureva S.A.U. por parte de Evolk Digital S.L.U.
Dicha operación de fusión se aprobó con las menciones recogidas en el
proyecto común de fusión, de fecha 11 de octubre de 2024, redactado y suscrito
por el administrador de ambas sociedades. Asimismo, se aprobó el balance de
fusión de las sociedades intervinientes en la fusión, cerrados a fecha 30 de
septiembre de 2024.
Se trata de una fusión especial entre sociedades gemelas, asimilable a la
absorción de sociedades íntegramente participadas, según lo establecido en el
artículo 56.1 del RDL 5/2023 sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades
Mercantiles, dado que absorbente y absorbida son sociedades íntegramente
participadas de forma directa por el mismo socio.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 56, apartado 1.º, del RDL 5/
2023 está absorción se lleva a cabo con disolución y extinción sin liquidación de la
Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque de todo su patrimonio a la
Sociedad Absorbente que adquiere, por sucesión universal, todos los derechos y
obligaciones de aquéllas. Este proceso de integración se desarrolla sin ampliación
del capital social ni relación de canje, ni en consecuencia intervención de experto.
Tampoco serán necesarios ni los informes de administradores ni de expertos sobre
el proyecto de fusión. Asimismo, se ha adoptado la decisión de aprobar el
acogimiento de la operación de fusión al régimen de neutralidad fiscal.

De conformidad con lo previsto en el artículo 10.1 del RDL 5/2023, se hace
constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades
participantes en la fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del
balance presentado, así como el derecho de protección de los acreedores
conforme se recoge en el artículo 13 del RDL 5/2023.
Burgos, 14 de octubre de 2024.- Don José Luis del Rio Alonso representante
persona física de Evolk S.L, Administrador Único de Evolk Digital S.L.U. y Sureva
S.A.U.
ID: A240047040-1

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Las operaciones de la Sociedades Absorbida se considerarán realizadas por
cuenta de la Sociedad Absorbente, a efectos contables, a partir del 1 de enero de
2024.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958