SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-5592)
FCC AQUALIA, S.A. (SOCIEDAD SEGREGADA) LOCAL SPORTS CENTERS MANAGEMENT, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 202

Viernes 18 de octubre de 2024

Pág. 6910

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

5592

FCC AQUALIA, S.A.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
LOCAL SPORTS CENTERS MANAGEMENT, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,
de 28 de junio ("RDL 5/2023"), se hace público que con fecha 25 de septiembre de
2024, tanto la Junta General de Accionistas de FCC AQUALIA, S.A. ("Sociedad
Segregada") celebrada con carácter universal, como el socio único de la sociedad
LOCAL SPORTS CENTERS MANAGEMENT, S.L.U. ("Sociedad Beneficiaria")
ejerciendo las competencias de la Junta General, han acordado mediante acuerdo
unánime aprobar la segregación en virtud de la cual la Sociedad Segregada
segrega una parte de su patrimonio y traspasará en bloque a la Sociedad
Beneficiaria todos aquellos elementos del activo y del pasivo que constituyen la
unidad económica independiente correspondiente a los servicios de gestión,
mantenimiento y explotación de Centros deportivos municipales, recibiendo a
cambio la Sociedad Segregada participaciones sociales de la Sociedad
Beneficiaria de nueva emisión mediante un aumento de capital social en la
Sociedad Beneficiaria, que suscribirá íntegramente la Sociedad Segregada y
desembolsará mediante la aportación de la totalidad de activos y pasivos adscritos
a esta unidad económica (la "Segregación). A su vez, se aprobaron los
correspondientes Balances de Segregación: por parte de la Sociedad Segregada,
el balance cerrado a 31 de diciembre de 2023 junto a su respectivo informe de
auditoría; y por parte de la Sociedad Beneficiaria, el balance cerrado a 5 de abril de
2024.
La Segregación se acoge al régimen simplificado previsto en el artículo 71.2
RDL 5/2023 y en el artículo 53.1 RDL 5/2023 por remisión del artículo 63 RDL 5/
2023, que resulta de aplicación por estar la Sociedad Beneficiaria íntegramente
participada de manera directa por la Sociedad Segregada.

De conformidad con lo previsto en el artículo 10 RDL 5/2023, se hace constar
expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades
participantes en la Segregación a obtener el texto íntegro de los acuerdos
adoptados y de los balances de segregación aprobados, los cuales se encuentran
a su disposición en el domicilio social de cada una de las sociedades, pudiendo
solicitar su entrega o envío gratuitos. Asimismo, se hace constar el derecho de los
acreedores de las sociedades participantes en la Segregación a ejercitar los
derechos que les reconoce el artículo 13 RDL 5/2023 durante el plazo de un mes a
contar desde la fecha de publicación del anuncio de segregación.
Madrid, 15 de octubre de 2024.- Dª. Cristina López Barranco, en calidad de
Vicesecretaria 3ª (no consejera) del Consejo de Administración de la Sociedad
Segregada y, D. Álvaro Romero Morón en calidad de Secretario (no consejero) del
Consejo de Administración de la Sociedad Beneficiaria.
ID: A240046755-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL

cve: BORME-C-2024-5592
Verificable en https://www.boe.es

La Segregación ha sido acordada en los términos establecidos en el Proyecto
Común de Segregación que fue redactado y aprobado en fecha 13 de junio de
2024 por todos los administradores de la Sociedad Segregada y de la Sociedad
Beneficiaria.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958