SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-5563)
CLÍNICA GUERRERO, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) GUERRERO TARAZONA, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 201

Jueves 17 de octubre de 2024

Pág. 6880

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

5563

CLÍNICA GUERRERO, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD
ABSORBENTE)
GUERRERO TARAZONA, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD
ABSORBIDA)

En cumplimiento del artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023 de 28 de junio,
que regula, entre otros, las modificaciones estructurales de sociedades
mercantiles(en adelante LME) se hace público que los socios de Clinica Guerrero
SL (en adelante Sociedad Absorbente) y que además son también los mismos
socios y en el mismo porcentaje de participación en la sociedad Guerrero Tarazona
SL (en adelante la Sociedad absorbida), en junta general universal celebrada el día
14 de octubre de 2024 decidieron fusionar ambas sociedades, por lo que se
extingue y disuelve sin liquidación la Sociedad absorbida, que trasmite en bloque
todo su patrimonio socia la Sociedad absorbente, que adquiere por sucesión
universal todos los derechos y obligaciones de la Sociedad absorbida, todo ello en
los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito el 10 de octubre de 2024
por el administrador único de una y otra sociedad.
Esta fusión se realiza con expreso acogimiento al artículo 56.1 de la LME ya
que ambas sociedades están directamente participadas por los mismos socios con
idéntica participación en ambas sociedades, por lo que resulta de aplicación, en lo
que proceda, lo dispuesto para las fusiones de sociedades íntegramente
participadas, reguladas en el artículo 53.1 de la LME.
La fusión se aprobó en junta general universal y por unanimidad por los socios
de la Sociedad absorbente.
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 RDL 5/2023, se hace
constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las
Sociedades a fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión
adoptados, así como los respectivos balances de fusión.
Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las
Sociedades a fusionar a ejercitar las acciones previstas en el artículo 13 del RDL 5/
2023 en el plazo de un mes a contar a partir de la publicación del último anuncio de
fusión.
Asimismo, se pone en conocimiento de los trabajadores y sus representantes,
conforme a lo dispuesto en el artículo 46 RDL 5/2023, para el ejercicio de los
derechos que legalmente les corresponden.
Valencia, 14 de octubre de 2024.- Administrador único de la Sociedad
Absorbente y de la Sociedad Absorbida, D. Vicente Carmelo Guerrero Guerola.
cve: BORME-C-2024-5563
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D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958