SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-5503)
INDUSTRIAS DOLZ, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) GLOBAL AUTOMOTIVE PARTS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 198
Lunes 14 de octubre de 2024
Pág. 6807
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
5503
INDUSTRIAS DOLZ, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
GLOBAL AUTOMOTIVE PARTS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Libro Primero del Real
Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, sobre Modificaciones Estructurales de las
Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el 27 de agosto de 2024 los
socios de GLOBAL AUTOMOTIVE PARTS, S.L. (Sociedad Absorbida) aprobaron
por unanimidad en junta general universal la fusión inversa de dicha sociedad con
la sociedad INDUSTRIAS DOLZ, S.A.U. (Sociedad Absorbente) mediante la
absorción de GLOBAL AUTOMOTIVE PARTS, S.L. por parte de INDUSTRIAS
DOLZ, S.A.U., produciéndose la transmisión en bloque del patrimonio de la
Sociedad Absorbida, la cual se extingue sin liquidarse, y la sucesión, a título
universal, en todos los derechos y obligaciones que dimanan de dicho patrimonio,
por parte de la Sociedad Absorbente.
Siendo la Sociedad Absorbida titular directa de todas las acciones de la
Sociedad Absorbente, se trata de un supuesto de fusión especial asimilado a la
absorción de sociedad íntegramente participada previsto en el artículo 56.1 LME.
En su virtud, de acuerdo con el artículo 53 LME, no procede establecer tipo de
canje, ni ampliar el capital de la Sociedad Absorbente, ni aprobación por la junta
general de la Sociedad Absorbente, ni informe de administradores y de expertos
sobre el Proyecto de Fusión.
La fusión ha sido acordada de acuerdo con el Proyecto común de Fusión
redactado y firmado el 28 de junio de 2024 por todos los administradores de las
sociedades participantes en la fusión, con aprobación como balances de fusión de
los balances de las sociedades intervinientes cerrados a 31 de diciembre de 2023,
y con eficacia contable a partir del día 1 de enero de 2024.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las
sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de
fusión y los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las
sociedades que se fusionan a ejercitar los derechos que les reconoce el artículo 13
LME durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último
anuncio de fusión.
Almassora, Castellón, 30 de septiembre de 2024.- Secretario del Consejo de
Administración de Industrias Dolz, S.A.U. y de Global Automotive Parts, S.L,
Ramón Marés Salvador.
cve: BORME-C-2024-5503
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240045674-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958
Núm. 198
Lunes 14 de octubre de 2024
Pág. 6807
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
5503
INDUSTRIAS DOLZ, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
GLOBAL AUTOMOTIVE PARTS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Libro Primero del Real
Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, sobre Modificaciones Estructurales de las
Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el 27 de agosto de 2024 los
socios de GLOBAL AUTOMOTIVE PARTS, S.L. (Sociedad Absorbida) aprobaron
por unanimidad en junta general universal la fusión inversa de dicha sociedad con
la sociedad INDUSTRIAS DOLZ, S.A.U. (Sociedad Absorbente) mediante la
absorción de GLOBAL AUTOMOTIVE PARTS, S.L. por parte de INDUSTRIAS
DOLZ, S.A.U., produciéndose la transmisión en bloque del patrimonio de la
Sociedad Absorbida, la cual se extingue sin liquidarse, y la sucesión, a título
universal, en todos los derechos y obligaciones que dimanan de dicho patrimonio,
por parte de la Sociedad Absorbente.
Siendo la Sociedad Absorbida titular directa de todas las acciones de la
Sociedad Absorbente, se trata de un supuesto de fusión especial asimilado a la
absorción de sociedad íntegramente participada previsto en el artículo 56.1 LME.
En su virtud, de acuerdo con el artículo 53 LME, no procede establecer tipo de
canje, ni ampliar el capital de la Sociedad Absorbente, ni aprobación por la junta
general de la Sociedad Absorbente, ni informe de administradores y de expertos
sobre el Proyecto de Fusión.
La fusión ha sido acordada de acuerdo con el Proyecto común de Fusión
redactado y firmado el 28 de junio de 2024 por todos los administradores de las
sociedades participantes en la fusión, con aprobación como balances de fusión de
los balances de las sociedades intervinientes cerrados a 31 de diciembre de 2023,
y con eficacia contable a partir del día 1 de enero de 2024.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las
sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de
fusión y los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las
sociedades que se fusionan a ejercitar los derechos que les reconoce el artículo 13
LME durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último
anuncio de fusión.
Almassora, Castellón, 30 de septiembre de 2024.- Secretario del Consejo de
Administración de Industrias Dolz, S.A.U. y de Global Automotive Parts, S.L,
Ramón Marés Salvador.
cve: BORME-C-2024-5503
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240045674-1
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