SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. AUMENTO DE CAPITAL. (BORME-C-2024-5494)
INHOME PRIME PROPERTIES, SOCIMI, S.A.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 197
Viernes 11 de octubre de 2024
Pág. 6790
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
AUMENTO DE CAPITAL
5494
INHOME PRIME PROPERTIES, SOCIMI, S.A.
De conformidad con lo establecido en los artículos 304 y siguientes del Real
Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley de Sociedades de Capital, (la "LSC"), se procede a anunciar que la junta
general ordinaria y extraordinaria de Inhome Prime Properties, SOCIMI, S.A. (la
"Sociedad") celebrada el 16 de septiembre de 2024, en primera convocatoria, ha
adoptado, entre otros, el acuerdo de aumentar el capital social de la Sociedad,
mediante aportaciones dinerarias y con el derecho de suscripción preferente de los
accionistas (el "Aumento de Capital").
Los términos del acuerdo y las condiciones del ejercicio de los derechos de
suscripción preferente de los accionistas (los "Derechos de Suscripción
Preferente") se indican a continuación.
El Aumento de Capital se ha acordado en un importe de hasta 4.774.000
euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 477.400 nuevas acciones
ordinarias de 10 euros de valor nominal cada una de ellas (las "Nuevas Acciones").
Las Nuevas Acciones se crean con una prima de emisión por acción de 1 euro, es
decir, con una prima de emisión total por el conjunto del Aumento de Capital de
477.400 euros. Las Nuevas Acciones serán ordinarias y pertenecerán a la misma
clase y serie que las acciones ordinarias de la Sociedad actualmente en circulación
y conferirán a sus titulares los mismos derechos y obligaciones que estas tienen
aparejadas.
En virtud de lo establecido en el artículo 311 de la LSC, se prevé
expresamente la posibilidad de suscripción incompleta. Por tanto, en caso de que
el Aumento de Capital no se suscriba íntegramente, el capital social podrá
aumentarse en la cuantía y en el número de acciones nuevas que se corresponda
con las suscripciones efectivamente realizadas.
Para proceder al ejercicio de los Derechos de Suscripción Preferente, los
accionistas y los terceros inversores que hayan adquirido, en su caso, tales
derechos, deberán dirigirse a las entidades participantes de Iberclear en cuyo
registro contable tengan inscritas sus acciones o los Derechos de Suscripción
Preferente, indicando su voluntad de ejercer su derecho y, en su caso, de solicitar
la suscripción de Nuevas Acciones. Las órdenes que se cursen referidas al
ejercicio de Derechos de Suscripción Preferente se entenderán formuladas con
carácter firme, irrevocable e incondicional y conllevarán la suscripción de las
Nuevas Acciones a las que se refieran. Los Derechos de Suscripción Preferente no
ejercitados se extinguirán automáticamente a la finalización del Período de
Suscripción Preferente.
Concluido el Período de Suscripción Preferente, en el supuesto de que
existieran acciones no asumidas por los accionistas, se procederá, por parte del
consejo de administración de la Sociedad, a la asignación discrecional de dichas
cve: BORME-C-2024-5494
Verificable en https://www.boe.es
Los accionistas que no hubieran renunciado con anterioridad al ejercicio del
Derecho de Suscripción Preferente podrán ejercitarlo en el plazo de 15 días
naturales desde la fecha de publicación del presente anuncio (el "Período de
Suscripción Preferente") y, en consecuencia, podrán asumir las Nuevas Acciones
que se correspondan con sus respectivos porcentajes en el capital social de la
Sociedad, de acuerdo con lo previsto en el artículo 503 de la LSC.
Núm. 197
Viernes 11 de octubre de 2024
Pág. 6790
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
AUMENTO DE CAPITAL
5494
INHOME PRIME PROPERTIES, SOCIMI, S.A.
De conformidad con lo establecido en los artículos 304 y siguientes del Real
Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley de Sociedades de Capital, (la "LSC"), se procede a anunciar que la junta
general ordinaria y extraordinaria de Inhome Prime Properties, SOCIMI, S.A. (la
"Sociedad") celebrada el 16 de septiembre de 2024, en primera convocatoria, ha
adoptado, entre otros, el acuerdo de aumentar el capital social de la Sociedad,
mediante aportaciones dinerarias y con el derecho de suscripción preferente de los
accionistas (el "Aumento de Capital").
Los términos del acuerdo y las condiciones del ejercicio de los derechos de
suscripción preferente de los accionistas (los "Derechos de Suscripción
Preferente") se indican a continuación.
El Aumento de Capital se ha acordado en un importe de hasta 4.774.000
euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 477.400 nuevas acciones
ordinarias de 10 euros de valor nominal cada una de ellas (las "Nuevas Acciones").
Las Nuevas Acciones se crean con una prima de emisión por acción de 1 euro, es
decir, con una prima de emisión total por el conjunto del Aumento de Capital de
477.400 euros. Las Nuevas Acciones serán ordinarias y pertenecerán a la misma
clase y serie que las acciones ordinarias de la Sociedad actualmente en circulación
y conferirán a sus titulares los mismos derechos y obligaciones que estas tienen
aparejadas.
En virtud de lo establecido en el artículo 311 de la LSC, se prevé
expresamente la posibilidad de suscripción incompleta. Por tanto, en caso de que
el Aumento de Capital no se suscriba íntegramente, el capital social podrá
aumentarse en la cuantía y en el número de acciones nuevas que se corresponda
con las suscripciones efectivamente realizadas.
Para proceder al ejercicio de los Derechos de Suscripción Preferente, los
accionistas y los terceros inversores que hayan adquirido, en su caso, tales
derechos, deberán dirigirse a las entidades participantes de Iberclear en cuyo
registro contable tengan inscritas sus acciones o los Derechos de Suscripción
Preferente, indicando su voluntad de ejercer su derecho y, en su caso, de solicitar
la suscripción de Nuevas Acciones. Las órdenes que se cursen referidas al
ejercicio de Derechos de Suscripción Preferente se entenderán formuladas con
carácter firme, irrevocable e incondicional y conllevarán la suscripción de las
Nuevas Acciones a las que se refieran. Los Derechos de Suscripción Preferente no
ejercitados se extinguirán automáticamente a la finalización del Período de
Suscripción Preferente.
Concluido el Período de Suscripción Preferente, en el supuesto de que
existieran acciones no asumidas por los accionistas, se procederá, por parte del
consejo de administración de la Sociedad, a la asignación discrecional de dichas
cve: BORME-C-2024-5494
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Los accionistas que no hubieran renunciado con anterioridad al ejercicio del
Derecho de Suscripción Preferente podrán ejercitarlo en el plazo de 15 días
naturales desde la fecha de publicación del presente anuncio (el "Período de
Suscripción Preferente") y, en consecuencia, podrán asumir las Nuevas Acciones
que se correspondan con sus respectivos porcentajes en el capital social de la
Sociedad, de acuerdo con lo previsto en el artículo 503 de la LSC.