SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-5490)
FORANKRA ESPAÑA, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) J2 SERVID, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 197
Viernes 11 de octubre de 2024
Pág. 6785
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
5490
FORANKRA ESPAÑA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
J2 SERVID, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 10 del Libro Primero del Real
Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de modificaciones estructurales de sociedades
mercantiles (en adelante el "RDlME"), se hace público que en fecha 16 de
septiembre de 2024 los Socios Únicos de FORANKRA ESPAÑA, S.L.U. (Sociedad
Absorbente) y de J2 SERVID, S.L.U. (Sociedad Absorbida), íntegramente
participada por la primera, en ejercicio de las competencias de la Junta General de
Socios, decidieron, respectivamente, la fusión por absorción y la aprobación de los
balances de fusión cerrados a 30 de junio de 2024 de las mismas, con disolución,
sin liquidación, y extinción de la Sociedad Absorbida y adquisición por sucesión
universal de su patrimonio por la Sociedad Absorbente, ajustándose al proyecto
común de fusión de fecha 1 de agosto de 2024.
Se hace constar que, al amparo de lo dispuesto en el apartado 1. del artículo 9
del RDlME, no ha sido precisa la publicación ni el depósito previo de los
documentos exigidos por el RDlME, ni anuncio sobre la posibilidad de formular
observaciones, ni informe de los administradores sobre el proyecto de fusión, al
haberse adoptado las decisiones de la fusión en el seno de FORANKRA ESPAÑA,
S.L.U. y J2 SERVID, S.L.U., respectivamente, mediante sendas Juntas Generales,
por los Socios Únicos de ambas sociedades, y no habiendo ninguna otra persona
que, de conformidad con la ley o los estatutos sociales de las sociedades
participantes en la Fusión, puedan ejercer legítimamente este derecho. No
obstante, se hace constar que se han respetado los derechos de información de
los trabajadores y que se emitió el informe de los administradores respecto a los
efectos sobre el empleo, que fue remitido a los trabajadores de ambas sociedades.
Se hace constar, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del
RDlME, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades
participantes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances
de fusión. Asimismo, se hace constar el derecho de protección que asiste a los
acreedores, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación
del último anuncio de fusión, en los términos del artículo 13 del RDlME, sin
perjuicio de que el ejercicio de tal derecho no paralizará la fusión ni impedirá su
inscripción en el Registro Mercantil.
ID: A240045807-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
cve: BORME-C-2024-5490
Verificable en https://www.boe.es
Santa Perpètua de Mogoda (Barcelona), 20 de septiembre de 2024.- Secretario
del Consejo de Administración de Forankra España, S.L.U. y representante,
persona física, de Forankra España, S.L.U., administrador único de J2 Servid,
S.L.U, D. Francesc Josep Muñoz Robledo.
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958
Núm. 197
Viernes 11 de octubre de 2024
Pág. 6785
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FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
5490
FORANKRA ESPAÑA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
J2 SERVID, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 10 del Libro Primero del Real
Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de modificaciones estructurales de sociedades
mercantiles (en adelante el "RDlME"), se hace público que en fecha 16 de
septiembre de 2024 los Socios Únicos de FORANKRA ESPAÑA, S.L.U. (Sociedad
Absorbente) y de J2 SERVID, S.L.U. (Sociedad Absorbida), íntegramente
participada por la primera, en ejercicio de las competencias de la Junta General de
Socios, decidieron, respectivamente, la fusión por absorción y la aprobación de los
balances de fusión cerrados a 30 de junio de 2024 de las mismas, con disolución,
sin liquidación, y extinción de la Sociedad Absorbida y adquisición por sucesión
universal de su patrimonio por la Sociedad Absorbente, ajustándose al proyecto
común de fusión de fecha 1 de agosto de 2024.
Se hace constar que, al amparo de lo dispuesto en el apartado 1. del artículo 9
del RDlME, no ha sido precisa la publicación ni el depósito previo de los
documentos exigidos por el RDlME, ni anuncio sobre la posibilidad de formular
observaciones, ni informe de los administradores sobre el proyecto de fusión, al
haberse adoptado las decisiones de la fusión en el seno de FORANKRA ESPAÑA,
S.L.U. y J2 SERVID, S.L.U., respectivamente, mediante sendas Juntas Generales,
por los Socios Únicos de ambas sociedades, y no habiendo ninguna otra persona
que, de conformidad con la ley o los estatutos sociales de las sociedades
participantes en la Fusión, puedan ejercer legítimamente este derecho. No
obstante, se hace constar que se han respetado los derechos de información de
los trabajadores y que se emitió el informe de los administradores respecto a los
efectos sobre el empleo, que fue remitido a los trabajadores de ambas sociedades.
Se hace constar, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del
RDlME, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades
participantes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances
de fusión. Asimismo, se hace constar el derecho de protección que asiste a los
acreedores, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación
del último anuncio de fusión, en los términos del artículo 13 del RDlME, sin
perjuicio de que el ejercicio de tal derecho no paralizará la fusión ni impedirá su
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Santa Perpètua de Mogoda (Barcelona), 20 de septiembre de 2024.- Secretario
del Consejo de Administración de Forankra España, S.L.U. y representante,
persona física, de Forankra España, S.L.U., administrador único de J2 Servid,
S.L.U, D. Francesc Josep Muñoz Robledo.
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