SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-5488)
BMS MEDIACION IBERIA CORREDURÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) VIAFINA CORREDURÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.L.U. EISENAR, S.L.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 197
Viernes 11 de octubre de 2024
Pág. 6783
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
5488
BMS MEDIACION IBERIA CORREDURÍA DE SEGUROS Y
REASEGUROS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
VIAFINA CORREDURÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.L.U.
EISENAR, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/
2023, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante, la "LME"), se
hace público que los socios únicos de las sociedades BMS MEDIACION IBERIA
CORREDURÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.L.U. ("Sociedad Absorbente"),
VIAFINA CORREDURÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.L.U., y EISENAR,
S.L.U. ("Sociedades Absorbidas"), aprobaron en fecha 19 de septiembre de 2024
la fusión por absorción simultánea de las Sociedades Absorbidas por parte de la
Sociedad Absorbente (la "Fusión"). La Fusión conllevará la disolución sin
liquidación de cada una de las Sociedades Absorbidas y la transmisión a título
universal del patrimonio íntegro de cada una de dichas sociedades a la Sociedad
Absorbente, todo ello en los términos y condiciones que se indican en el Proyecto
Común de Fusión de fecha 30 de junio de 2024, que ha sido emitido por los
miembros de los órganos de administración de las sociedades intervinientes.
El acuerdo de fusión ha sido adoptado sin necesidad de publicar o depositar
previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los
administradores sobre el Proyecto Común de Fusión, al ser adoptado en los
términos previstos en los artículos 9.1 y 53.1 de la LME, relativo a la absorción de
sociedades íntegramente participadas de forma directa por la Sociedad
Absorbente.
No existen obligacionistas ni ninguna clase de participaciones especiales o
privilegiadas, ni personas que tengan derechos especiales distintos de las
participaciones, ni se contempla el otorgamiento de ventajas de cualquier clase a
favor de los miembros del consejo de administración de las sociedades
intervinientes en la Fusión.
En Madrid y Sevilla, 10 de octubre de 2024.- Por BMS Mediación Iberia
Correduría de Seguros y Reaseguros, S.L.U., Viafina Correduría de Seguros y
Reaseguros, S.L.U., y Eisenar, S.L.U., suscrito por el consejero delegado, Don
Fernando Claro López.
ID: A240045891-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
cve: BORME-C-2024-5488
Verificable en https://www.boe.es
Del mismo modo, se informa de los derechos de protección que corresponden
a los acreedores en los términos y con los efectos legalmente previstos en el
artículo 13 de la LME. Igualmente, se hace constar expresamente, a los efectos de
lo dispuesto en el artículo 10 de la LME, el derecho que asiste a los socios únicos
de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas y a los acreedores de
las sociedades intervinientes en la fusión a obtener de manera gratuita en el
domicilio social de las sociedades intervinientes, sito en el Paseo de la Castellana
28, entreplanta, 28046 – Madrid, y en la Avenida de la Palmera 29, 41013 –
Sevilla, respectivamente, el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y los
balances de fusión presentados, así como las condiciones de ejercicio de los
derechos de protección que en su caso correspondan a los acreedores, puesto
que ninguna de ellas dispone de página web inscrita.
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958
Núm. 197
Viernes 11 de octubre de 2024
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REASEGUROS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
VIAFINA CORREDURÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.L.U.
EISENAR, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/
2023, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante, la "LME"), se
hace público que los socios únicos de las sociedades BMS MEDIACION IBERIA
CORREDURÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.L.U. ("Sociedad Absorbente"),
VIAFINA CORREDURÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.L.U., y EISENAR,
S.L.U. ("Sociedades Absorbidas"), aprobaron en fecha 19 de septiembre de 2024
la fusión por absorción simultánea de las Sociedades Absorbidas por parte de la
Sociedad Absorbente (la "Fusión"). La Fusión conllevará la disolución sin
liquidación de cada una de las Sociedades Absorbidas y la transmisión a título
universal del patrimonio íntegro de cada una de dichas sociedades a la Sociedad
Absorbente, todo ello en los términos y condiciones que se indican en el Proyecto
Común de Fusión de fecha 30 de junio de 2024, que ha sido emitido por los
miembros de los órganos de administración de las sociedades intervinientes.
El acuerdo de fusión ha sido adoptado sin necesidad de publicar o depositar
previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los
administradores sobre el Proyecto Común de Fusión, al ser adoptado en los
términos previstos en los artículos 9.1 y 53.1 de la LME, relativo a la absorción de
sociedades íntegramente participadas de forma directa por la Sociedad
Absorbente.
No existen obligacionistas ni ninguna clase de participaciones especiales o
privilegiadas, ni personas que tengan derechos especiales distintos de las
participaciones, ni se contempla el otorgamiento de ventajas de cualquier clase a
favor de los miembros del consejo de administración de las sociedades
intervinientes en la Fusión.
En Madrid y Sevilla, 10 de octubre de 2024.- Por BMS Mediación Iberia
Correduría de Seguros y Reaseguros, S.L.U., Viafina Correduría de Seguros y
Reaseguros, S.L.U., y Eisenar, S.L.U., suscrito por el consejero delegado, Don
Fernando Claro López.
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Verificable en https://www.boe.es
Del mismo modo, se informa de los derechos de protección que corresponden
a los acreedores en los términos y con los efectos legalmente previstos en el
artículo 13 de la LME. Igualmente, se hace constar expresamente, a los efectos de
lo dispuesto en el artículo 10 de la LME, el derecho que asiste a los socios únicos
de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas y a los acreedores de
las sociedades intervinientes en la fusión a obtener de manera gratuita en el
domicilio social de las sociedades intervinientes, sito en el Paseo de la Castellana
28, entreplanta, 28046 – Madrid, y en la Avenida de la Palmera 29, 41013 –
Sevilla, respectivamente, el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y los
balances de fusión presentados, así como las condiciones de ejercicio de los
derechos de protección que en su caso correspondan a los acreedores, puesto
que ninguna de ellas dispone de página web inscrita.
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