SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-5466)
VELAPI, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) ARZUBI INVERSIONES, S.L. ASKE2018, S.L. INMOHOSTEL PROPIEDADES INMOBILIARIAS, S.L. INMOBILIARIA BASEIBAR, S.L. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 196
Jueves 10 de octubre de 2024
Pág. 6754
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
5466
VELAPI, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ARZUBI INVERSIONES, S.L.
ASKE2018, S.L.
INMOHOSTEL PROPIEDADES INMOBILIARIAS, S.L.
INMOBILIARIA BASEIBAR, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,
de 28 de junio, (en adelante, la "LME"), se hace constar que con fecha 7 de
octubre de 2024 la Junta General Universal Extraordinaria de la mercantil VELAPI,
S.L. adoptó el siguiente acuerdo: aprobar la fusión por absorción de "ARZUBI
INVERSIONES, S.L.", "ASKE2018, S.L.", "INMOHOSTEL PROPIEDADES
INMOBILIARIAS, S.L." e "INMOBILIARIA BASEIBAR, S.L." (en adelante,
conjuntamente, las "Sociedades Absorbidas") por parte de "VELAPI, S.L." (en
adelante, la "Sociedad Absorbente"), mediante la disolución y extinción, sin
liquidación, de las Sociedades Absorbidas, y la transmisión en bloque de su
patrimonio social a la Sociedad Absorbente, que lo adquirirá por sucesión universal
subrogándose en todos los derechos y obligaciones que componen el patrimonio
de las Sociedades Absorbidas, todo ello en los términos y condiciones establecidos
en el Proyecto Común de Fusión formulado y firmado por órgano de administración
de cada una de las sociedades implicadas con fecha 6 de septiembre de 2024 (el
"Proyecto de Fusión").
La Sociedad Absorbente es titular, de forma directa e indirecta, de todas las
participaciones sociales en las que se divide el capital social de las Sociedades
Absorbidas de forma que, en la citada operación de Fusión, es de aplicación lo
dispuesto en el artículo 53 LME.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la LME, la operación de
fusión no requiere la publicación ni depósito de los documentos exigidos por la ley,
ni del informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión (sin perjuicio del
apartado del informe de los administradores destinado a los trabajadores que ha
sido elaborado y entregado a cada uno de los trabajadores para, en cumplimiento
de los dispuesto en el artículo 9.2 LME, garantizar su derecho de información).
Igualmente, se comunica el derecho que corresponde a todos los socios,
obligacionistas, titulares de derechos especiales y representantes de los
trabajadores de las sociedades participantes de la Fusión a examinar en el
domicilio social copia de los documentos a que hace referencia el artículo 46.2 de
la LME, así como de obtener la entrega o el envío gratuito de los mismos.
Madrid, 7 de octubre de 2024.- Administrador Solidario de VELAPI, S.L, Ignacio
Aguinaga Delclaux.
ID: A240045216-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
cve: BORME-C-2024-5466
Verificable en https://www.boe.es
También se hace constar expresamente el derecho que, en virtud del artículo
10.1 de la LME, asiste a los socios de las sociedades implicadas en la operación
descrita anteriormente, así como a los acreedores de éstas de obtener el texto
íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de fusión.
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958
Núm. 196
Jueves 10 de octubre de 2024
Pág. 6754
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FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
5466
VELAPI, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ARZUBI INVERSIONES, S.L.
ASKE2018, S.L.
INMOHOSTEL PROPIEDADES INMOBILIARIAS, S.L.
INMOBILIARIA BASEIBAR, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,
de 28 de junio, (en adelante, la "LME"), se hace constar que con fecha 7 de
octubre de 2024 la Junta General Universal Extraordinaria de la mercantil VELAPI,
S.L. adoptó el siguiente acuerdo: aprobar la fusión por absorción de "ARZUBI
INVERSIONES, S.L.", "ASKE2018, S.L.", "INMOHOSTEL PROPIEDADES
INMOBILIARIAS, S.L." e "INMOBILIARIA BASEIBAR, S.L." (en adelante,
conjuntamente, las "Sociedades Absorbidas") por parte de "VELAPI, S.L." (en
adelante, la "Sociedad Absorbente"), mediante la disolución y extinción, sin
liquidación, de las Sociedades Absorbidas, y la transmisión en bloque de su
patrimonio social a la Sociedad Absorbente, que lo adquirirá por sucesión universal
subrogándose en todos los derechos y obligaciones que componen el patrimonio
de las Sociedades Absorbidas, todo ello en los términos y condiciones establecidos
en el Proyecto Común de Fusión formulado y firmado por órgano de administración
de cada una de las sociedades implicadas con fecha 6 de septiembre de 2024 (el
"Proyecto de Fusión").
La Sociedad Absorbente es titular, de forma directa e indirecta, de todas las
participaciones sociales en las que se divide el capital social de las Sociedades
Absorbidas de forma que, en la citada operación de Fusión, es de aplicación lo
dispuesto en el artículo 53 LME.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la LME, la operación de
fusión no requiere la publicación ni depósito de los documentos exigidos por la ley,
ni del informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión (sin perjuicio del
apartado del informe de los administradores destinado a los trabajadores que ha
sido elaborado y entregado a cada uno de los trabajadores para, en cumplimiento
de los dispuesto en el artículo 9.2 LME, garantizar su derecho de información).
Igualmente, se comunica el derecho que corresponde a todos los socios,
obligacionistas, titulares de derechos especiales y representantes de los
trabajadores de las sociedades participantes de la Fusión a examinar en el
domicilio social copia de los documentos a que hace referencia el artículo 46.2 de
la LME, así como de obtener la entrega o el envío gratuito de los mismos.
Madrid, 7 de octubre de 2024.- Administrador Solidario de VELAPI, S.L, Ignacio
Aguinaga Delclaux.
ID: A240045216-1
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Verificable en https://www.boe.es
También se hace constar expresamente el derecho que, en virtud del artículo
10.1 de la LME, asiste a los socios de las sociedades implicadas en la operación
descrita anteriormente, así como a los acreedores de éstas de obtener el texto
íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de fusión.
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958