SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-5409)
TRANSPORTES GENERALES ORTEGA ,S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA) EL PENTAGONO 2024 ,S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 193
Lunes 7 de octubre de 2024
Pág. 6692
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS
5409
TRANSPORTES GENERALES ORTEGA ,S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
EL PENTAGONO 2024 ,S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/
2023,de 28 de junio (en adelante "RDL 5/2023"), se hace público que la Junta
General Extraordinaria y Universal de socios de Transportes Generales Ortega,
S.L. (sociedad parcialmente escindida), celebrada el 30 de septiembre de 2.024,
acordó por unanimidad, la escisión parcial sin extinción de Transportes Generales
Ortega, S.L. mediante la transmisión en bloque de parte de su patrimonio a la
sociedad beneficiaria y de nueva creación El Pentágono 2024, S.L. (sociedad
beneficiaria) la cual se constituirá simultáneamente, adquiriendo por sucesión a
título universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio
escindido y adjudicando a los socios de la sociedad parcialmente escindida las
participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación, todo ello de
conformidad con el Proyecto de Escisión parcial redactado y suscrito por el Órgano
de Administración de Transportes Ortega, S.L., formalizado el 30 de junio de 2.024.
En virtud del artículo 9 del RDL 5/2023, al haberse adoptado el acuerdo de
escisión parcial en Junta universal y por unanimidad de todos los socios de la
sociedad escindida, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto
de escisión ni es necesario el informe de los Administradores sobre el mismo.
Asimismo, resulta de aplicación el régimen simplificado recogido en el artículo 71
del RDL 5/2023, al atribuirse a los socios de la sociedad escindida las
participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación
proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital de aquella, no es
necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión, ni el
informe de expertos independientes, así como tampoco el Balance de escisión.
No obstante, se hace constar que el acuerdo de escisión parcial contiene el
detalle de los elementos de activo y pasivo que componen el patrimonio escindido
transmitido a la sociedad beneficiaria El Pentágono 2024, S.L.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el RDL 5/2023, se hace
público el derecho de los socios, acreedores y representantes de los trabajadores
de las sociedades participantes en la escisión parcial de obtener el texto íntegro de
los acuerdos adoptados. Se informa igualmente a los acreedores de su derecho de
oponerse a la escisión parcial en el plazo y los términos previstos en el Real
Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.
ID: A240044496-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
cve: BORME-C-2024-5409
Verificable en https://www.boe.es
Valencia, 2 de octubre de 2024.- Administrador solidario, Juan Francisco
Ortega Villanueva.
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958
Núm. 193
Lunes 7 de octubre de 2024
Pág. 6692
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ESCISIÓN DE EMPRESAS
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TRANSPORTES GENERALES ORTEGA ,S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
EL PENTAGONO 2024 ,S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/
2023,de 28 de junio (en adelante "RDL 5/2023"), se hace público que la Junta
General Extraordinaria y Universal de socios de Transportes Generales Ortega,
S.L. (sociedad parcialmente escindida), celebrada el 30 de septiembre de 2.024,
acordó por unanimidad, la escisión parcial sin extinción de Transportes Generales
Ortega, S.L. mediante la transmisión en bloque de parte de su patrimonio a la
sociedad beneficiaria y de nueva creación El Pentágono 2024, S.L. (sociedad
beneficiaria) la cual se constituirá simultáneamente, adquiriendo por sucesión a
título universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio
escindido y adjudicando a los socios de la sociedad parcialmente escindida las
participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación, todo ello de
conformidad con el Proyecto de Escisión parcial redactado y suscrito por el Órgano
de Administración de Transportes Ortega, S.L., formalizado el 30 de junio de 2.024.
En virtud del artículo 9 del RDL 5/2023, al haberse adoptado el acuerdo de
escisión parcial en Junta universal y por unanimidad de todos los socios de la
sociedad escindida, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto
de escisión ni es necesario el informe de los Administradores sobre el mismo.
Asimismo, resulta de aplicación el régimen simplificado recogido en el artículo 71
del RDL 5/2023, al atribuirse a los socios de la sociedad escindida las
participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación
proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital de aquella, no es
necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión, ni el
informe de expertos independientes, así como tampoco el Balance de escisión.
No obstante, se hace constar que el acuerdo de escisión parcial contiene el
detalle de los elementos de activo y pasivo que componen el patrimonio escindido
transmitido a la sociedad beneficiaria El Pentágono 2024, S.L.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el RDL 5/2023, se hace
público el derecho de los socios, acreedores y representantes de los trabajadores
de las sociedades participantes en la escisión parcial de obtener el texto íntegro de
los acuerdos adoptados. Se informa igualmente a los acreedores de su derecho de
oponerse a la escisión parcial en el plazo y los términos previstos en el Real
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Ortega Villanueva.
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