SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-5382)
ALLTOURS ESPAÑA, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) CAP FARRUTX, S.A.U. CLUB PLAYA DE MURO, S.A.U. PROHELASA, S.A.U. SOCIEDAD HOTELERA BALEAR, S.A.U. HOTEL SUMBA, S.A.U. HOTEL BORNEO, S.A.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 192
Viernes 4 de octubre de 2024
Pág. 6659
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
5382
ALLTOURS ESPAÑA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CAP FARRUTX, S.A.U.
CLUB PLAYA DE MURO, S.A.U.
PROHELASA, S.A.U.
SOCIEDAD HOTELERA BALEAR, S.A.U.
HOTEL SUMBA, S.A.U.
HOTEL BORNEO, S.A.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/
2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de
apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de
vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida
familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y
cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (el " Real Decreto-ley 5/2023"), se
hace público que, en fecha 9 de septiembre de 2024, la Junta General Universal y
Extraordinaria de socios de la entidad Alltours España, S.L. ha aprobado la fusión
por absorción de Cap Farrutx, S.A.U., Club Playa de Muro, S.A.U., Prohelasa,
S.A.U., Sociedad Hotelera Balear, S.A.U., Hotel Sumba, S.A.U. Y Hotel Borneo,
S.A.U. (Sociedades Absorbidas) a favor de Alltours España, S.L. (Sociedad
Absorbente), siendo de aplicación el régimen simplificado previsto en el Real
Decreto-ley 5/2023, con las especialidades previstas en los artículos 9 y 53 de del
Real Decreto-ley 5/2023.
Por medio de la referida operación de fusión por absorción, las Sociedades
Absorbidas, Cap Farrutx, S.A.U., Club Playa de Muro, S.A.U., Prohelasa, S.A.U.,
Sociedad Hotelera Balear, S.A.U., Hotel Sumba, S.A.U. Y Hotel Borneo, S.A.U., se
extinguirán, mediante su disolución sin liquidación, produciéndose la transmisión
en bloque y por sucesión universal de su patrimonio a favor de la Sociedad
Absorbente, Alltours España, S.L.
Se deja constancia de que al ser la Sociedad Absorbente titular de forma
directa de todas las acciones de en que se divide el capital social de las
Sociedades Absorbidas y al haberse adoptado el acuerdo de fusión por la Junta
General de la Sociedad Absorbente, en Junta Universal y por unanimidad de todos
sus socios con derecho a voto, en aplicación de lo establecido en los artículos 9 y
53 del RDL 5/2023, dicha fusión puede realizarse: (i) sin necesidad de publicar o
depositar los documentos exigidos por el RDL 5/2023, (ii) sin anuncio sobre la
posibilidad de formular observaciones ni informe de los administradores sobre el
proyecto de modificación, (iii) sin la inclusión en el proyecto de fusión de las
menciones previstas en el artículo 53.1.1º Real Decreto-ley 5/2023, (iv) sin la
elaboración de informes de administradores y expertos sobre el proyecto de fusión,
(v) sin aumento de capital en la Sociedad Absorbente y (vi) sin la aprobación de la
cve: BORME-C-2024-5382
Verificable en https://www.boe.es
La fusión se realiza en los términos y condiciones previstos en el Proyecto
Común de Fusión suscrito por los Administradores Solidarios de las Sociedades
Absorbidas y por todos los miembros del Órgano de Administración de la Sociedad
Absorbente, en fecha 22 de abril de 2024, utilizando como balances de fusión los
balances cerrados a 31 de octubre de 2023 y debidamente auditados, de cada una
de las Sociedades Absorbidas y Sociedad Absorbente, participantes en la fusión.
Núm. 192
Viernes 4 de octubre de 2024
Pág. 6659
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5382
ALLTOURS ESPAÑA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CAP FARRUTX, S.A.U.
CLUB PLAYA DE MURO, S.A.U.
PROHELASA, S.A.U.
SOCIEDAD HOTELERA BALEAR, S.A.U.
HOTEL SUMBA, S.A.U.
HOTEL BORNEO, S.A.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/
2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de
apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de
vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida
familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y
cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (el " Real Decreto-ley 5/2023"), se
hace público que, en fecha 9 de septiembre de 2024, la Junta General Universal y
Extraordinaria de socios de la entidad Alltours España, S.L. ha aprobado la fusión
por absorción de Cap Farrutx, S.A.U., Club Playa de Muro, S.A.U., Prohelasa,
S.A.U., Sociedad Hotelera Balear, S.A.U., Hotel Sumba, S.A.U. Y Hotel Borneo,
S.A.U. (Sociedades Absorbidas) a favor de Alltours España, S.L. (Sociedad
Absorbente), siendo de aplicación el régimen simplificado previsto en el Real
Decreto-ley 5/2023, con las especialidades previstas en los artículos 9 y 53 de del
Real Decreto-ley 5/2023.
Por medio de la referida operación de fusión por absorción, las Sociedades
Absorbidas, Cap Farrutx, S.A.U., Club Playa de Muro, S.A.U., Prohelasa, S.A.U.,
Sociedad Hotelera Balear, S.A.U., Hotel Sumba, S.A.U. Y Hotel Borneo, S.A.U., se
extinguirán, mediante su disolución sin liquidación, produciéndose la transmisión
en bloque y por sucesión universal de su patrimonio a favor de la Sociedad
Absorbente, Alltours España, S.L.
Se deja constancia de que al ser la Sociedad Absorbente titular de forma
directa de todas las acciones de en que se divide el capital social de las
Sociedades Absorbidas y al haberse adoptado el acuerdo de fusión por la Junta
General de la Sociedad Absorbente, en Junta Universal y por unanimidad de todos
sus socios con derecho a voto, en aplicación de lo establecido en los artículos 9 y
53 del RDL 5/2023, dicha fusión puede realizarse: (i) sin necesidad de publicar o
depositar los documentos exigidos por el RDL 5/2023, (ii) sin anuncio sobre la
posibilidad de formular observaciones ni informe de los administradores sobre el
proyecto de modificación, (iii) sin la inclusión en el proyecto de fusión de las
menciones previstas en el artículo 53.1.1º Real Decreto-ley 5/2023, (iv) sin la
elaboración de informes de administradores y expertos sobre el proyecto de fusión,
(v) sin aumento de capital en la Sociedad Absorbente y (vi) sin la aprobación de la
cve: BORME-C-2024-5382
Verificable en https://www.boe.es
La fusión se realiza en los términos y condiciones previstos en el Proyecto
Común de Fusión suscrito por los Administradores Solidarios de las Sociedades
Absorbidas y por todos los miembros del Órgano de Administración de la Sociedad
Absorbente, en fecha 22 de abril de 2024, utilizando como balances de fusión los
balances cerrados a 31 de octubre de 2023 y debidamente auditados, de cada una
de las Sociedades Absorbidas y Sociedad Absorbente, participantes en la fusión.