SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-5332)
CINELUX, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) TANAMA INVESTMENTS, S.L.U. KINOLUX MADRID, S.L.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 189

Martes 1 de octubre de 2024

Pág. 6580

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

5332

CINELUX, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
TANAMA INVESTMENTS, S.L.U.
KINOLUX MADRID, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023 (en adelante, el
"RDL"), se hace público que la mercantil Parasol Media, S.L., socia única de la
mercantil Tanama Investments, S.L.U. (Sociedad Absorbida) que, a su vez, actúa
como accionista única de Cinelux, S.A.U. (Sociedad Absorbente), que, a su vez,
actúa como socia única de Kinolux Madrid, S.L.U. (Sociedad Absorbida), (en
adelante, las "Sociedades Intervinientes") han decidido en fecha 16 de septiembre
de 2024, en ejercicio de las competencias atribuidas a la Junta General de Socios/
Accionistas, la fusión por absorción de Cinelux, S.A.U. (Sociedad Absorbente),
Tanama Investments, S.L.U. y Kinolux Madrid, S.L.U. (Sociedades Absorbidas), en
los términos establecidos en el Proyecto de Fusión por Absorción de las
sociedades Tanama Investments, S.L.U. y Kinolux Madrid, S.L.U. (Sociedades
Absorbidas) y Cinelux, S.A.U. (Sociedad Absorbente), de fecha 28 de junio de
2024.
La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades
Absorbidas a la Sociedad Absorbente con la consiguiente extinción, sin liquidación,
de las Sociedades Absorbidas. La presente operación de fusión se realizará
mediante la fusión de Tanama Investments, S.L.U. (Sociedad Absorbida) por parte
de Cinelux, S.A.U. (Sociedad Absorbente), al ser la primera, Accionista Única de la
segunda, cumpliéndose, asimismo, lo dispuesto en el artículo 56 del RDL en
relación con el artículo 53 del RDL. Asimismo, y en simultaneidad de acto, se
llevará a cabo la absorción de la sociedad Kinolux Madrid, S.L.U. (Sociedad
Absorbida) por parte de Cinelux, S.A.U. (Sociedad Absorbente), siendo la segunda
la socia única de la primera, de forma que se cumple con lo dispuesto en el artículo
53 del RDL para la absorción de sociedades íntegramente participadas.
Se hace constar el derecho que corresponde a las Socias/Accionista Únicas y
a los acreedores de las Sociedades Intervinientes de obtener el texto íntegro de los
acuerdos adoptados, el balance de fusión con los respectivos informes de auditoría
de las sociedades Cinelux, S.A.U (Sociedad Absorbente) y Kinolux Madrid, S.L.U.
(Sociedad Absorbida), al estar obligadas a auditar sus Cuentas Anuales, y de
ejercitar los demás derechos que les confiere el mencionado RDL.
Madrid, 16 de septiembre de 2024.- Álvaro Diego Moraga Gómez-Olea,
Administrador Solidario de las sociedades Cinelux, S.A.U. (Sociedad Absorbente),
Tanama Investments, S.L.U. y Kinolux Madrid, S.L.U. (Sociedades Absorbidas).
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D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958