SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-5316)
ASTEO NETWORK, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) FORTEM HOLDING, S.A. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 188
Lunes 30 de septiembre de 2024
Pág. 6562
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
5316
ASTEO NETWORK, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
FORTEM HOLDING, S.A. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
Anuncio de fusión por absorción transfronteriza intracomunitaria:
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7 del Libro Primero
(Transposición de directiva de la Unión Europea en materia de modificaciones
estructurales de sociedades mercantiles) del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de
junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las
consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la
reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de
transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones
estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida
profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del
Derecho de la Unión Europea (en lo sucesivo la "Ley de Modificaciones
Estructurales" o la "LME"), se hace público e informa de que la totalidad de los
administradores de Asteo Network, S.L. ("Asteo Network") y de Fortem Holding,
S.A. ("Fortem Holding"), han aprobado y firmado, con fecha 26 de junio de 2024, el
proyecto común de fusión transfronteriza (el "Proyecto de Fusión") referido a la
fusión por absorción de Fortem Holding por parte de Asteo Network, y que
implicará la extinción sin liquidación de Fortem Holding y la transmisión en bloque
de su patrimonio social a Asteo Network, que adquirirá tal patrimonio a título
universal (la "Fusión"). Nótese que el referido Proyecto de Fusión ha sido
depositado en el Registro Mercantil de Madrid y en el Registro Mercantil
luxemburgés correspondiente, y que en cumplimiento de lo previsto en el artículo
40.9º, se hace constar la acreditación de Asteo Network de encontrarse al corriente
en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Asimismo, se informa por los administradores de la sociedad absorbente y de
la absorbida que:
b. adicionalmente, de conformidad con los artículos 1021-5 y 1023-1 de la ley
luxemburguesa sobre sociedades mercantiles de 10 de agosto de 1915, en su
versión modificada (la "LCC"), y a los efectos de la legislación luxemburguesa, se
ha obtenido la renuncia (waiver) de los accionistas de ambas sociedades que se
fusionan a su derecho a recibir (i) un informe escrito detallado elaborado por los
órganos de administración de cada una de las sociedades que se fusionan y
dirigido a los accionistas de las sociedades que se fusionan, en el que se explique
el Proyecto de Fusión y se expongan sus fundamentos jurídicos y económicos, y
(ii) información relativa a cualquier modificación material del activo y del pasivo
entre la fecha de elaboración del Proyecto de Fusión y la fecha de la junta general
de accionistas de la Sociedad Absorbente que deba aprobar el Proyecto de Fusión;
y
c. habida cuenta de que las sociedades que se fusionan no tienen
obligacionistas, titulares de derechos especiales ni trabajadores, se encuentra a
disposición de los socios y acreedores de la Sociedad Absorbente y la Sociedad
Absorbida, con un mes de antelación a la fecha prevista de celebración de la Junta
cve: BORME-C-2024-5316
Verificable en https://www.boe.es
a. por una parte, no se espera que la Fusión produzca efecto alguno sobre el
empleo, habida cuenta de que tanto la sociedad absorbente como la sociedad
absorbida carecen de trabajadores, por lo que no se ha elaborado informe de
administradores ni se ha realizado ninguna publicación en este sentido;
Núm. 188
Lunes 30 de septiembre de 2024
Pág. 6562
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
5316
ASTEO NETWORK, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
FORTEM HOLDING, S.A. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
Anuncio de fusión por absorción transfronteriza intracomunitaria:
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7 del Libro Primero
(Transposición de directiva de la Unión Europea en materia de modificaciones
estructurales de sociedades mercantiles) del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de
junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las
consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la
reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de
transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones
estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida
profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del
Derecho de la Unión Europea (en lo sucesivo la "Ley de Modificaciones
Estructurales" o la "LME"), se hace público e informa de que la totalidad de los
administradores de Asteo Network, S.L. ("Asteo Network") y de Fortem Holding,
S.A. ("Fortem Holding"), han aprobado y firmado, con fecha 26 de junio de 2024, el
proyecto común de fusión transfronteriza (el "Proyecto de Fusión") referido a la
fusión por absorción de Fortem Holding por parte de Asteo Network, y que
implicará la extinción sin liquidación de Fortem Holding y la transmisión en bloque
de su patrimonio social a Asteo Network, que adquirirá tal patrimonio a título
universal (la "Fusión"). Nótese que el referido Proyecto de Fusión ha sido
depositado en el Registro Mercantil de Madrid y en el Registro Mercantil
luxemburgés correspondiente, y que en cumplimiento de lo previsto en el artículo
40.9º, se hace constar la acreditación de Asteo Network de encontrarse al corriente
en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Asimismo, se informa por los administradores de la sociedad absorbente y de
la absorbida que:
b. adicionalmente, de conformidad con los artículos 1021-5 y 1023-1 de la ley
luxemburguesa sobre sociedades mercantiles de 10 de agosto de 1915, en su
versión modificada (la "LCC"), y a los efectos de la legislación luxemburguesa, se
ha obtenido la renuncia (waiver) de los accionistas de ambas sociedades que se
fusionan a su derecho a recibir (i) un informe escrito detallado elaborado por los
órganos de administración de cada una de las sociedades que se fusionan y
dirigido a los accionistas de las sociedades que se fusionan, en el que se explique
el Proyecto de Fusión y se expongan sus fundamentos jurídicos y económicos, y
(ii) información relativa a cualquier modificación material del activo y del pasivo
entre la fecha de elaboración del Proyecto de Fusión y la fecha de la junta general
de accionistas de la Sociedad Absorbente que deba aprobar el Proyecto de Fusión;
y
c. habida cuenta de que las sociedades que se fusionan no tienen
obligacionistas, titulares de derechos especiales ni trabajadores, se encuentra a
disposición de los socios y acreedores de la Sociedad Absorbente y la Sociedad
Absorbida, con un mes de antelación a la fecha prevista de celebración de la Junta
cve: BORME-C-2024-5316
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a. por una parte, no se espera que la Fusión produzca efecto alguno sobre el
empleo, habida cuenta de que tanto la sociedad absorbente como la sociedad
absorbida carecen de trabajadores, por lo que no se ha elaborado informe de
administradores ni se ha realizado ninguna publicación en este sentido;