SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-5304)
GELASA ALIMENTACIÓN, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) SIAB, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 187
Viernes 27 de septiembre de 2024
Pág. 6549
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
5304
GELASA ALIMENTACIÓN, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SIAB, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023
de 28 de junio, entre otros, de transposición de Directivas de la Unión Europea en
materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (la "LME"), se
hace público que el día 19 de septiembre de 2024, las sociedades Qualianza
Servicios Integrales de Distribución, S.L.U. ("QUALIANZA"), e Industrias Lácteas
Pascual, S.L.U. ("ILP"), constituidas en junta general universal de socios,
aprobaron, como socios de la sociedad SIAB, S.L. ("SIAB") la fusión inversa por
absorción de SIAB, como sociedad absorbida, por la sociedad GELASA
ALIMENTACIÓN, S.L.U. ("GELASA"), como sociedad absorbente (la "Fusión").
En virtud del acuerdo anterior, SIAB quedará disuelta sin liquidación, con
traspaso en bloque a título universal de su patrimonio a GELASA, como sociedad
absorbente, en los mismos términos del proyecto común de fusión suscrito por los
órganos de administración de las sociedades participantes en la Fusión el día 19
de septiembre de 2024, y de los balances de fusión formulados en las sociedades
participantes el 19 de septiembre de 2024 y cerrados a 31 de agosto de 2024.
Teniendo en cuenta (i) que el acuerdo de fusión ha sido aprobado por la
totalidad de los socios de SIAB, esto es, QUALIANZA e ILP, constituidos en Junta
Universal; y (ii) que SIAB, como sociedad absorbida, es titular directo de la
totalidad de las participaciones sociales de GELASA, como sociedad absorbente, y
que se trata de una fusión inversa por absorción, se deja expresa constancia de
que la Fusión se lleva a cabo de conformidad con los artículos 53.1, 56.1 y 9 de la
LME (por lo que el acuerdo de Fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o
depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin las menciones
referidas en el artículo 53.1.1º de la LME, informes de administradores y expertos
sobre el proyecto común de fusión), y no implica el aumento de capital de GELASA
como sociedad absorbente en la Fusión.
Madrid, 19 de septiembre de 2024.- El representante persona física designado
por Pascual Gestión Y Gobierno, S.L.U., administrador único de SIAB, S.L. y
Gelasa Alimentación, S.L.U., D. Emilio Martín González.
ID: A240042864-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
cve: BORME-C-2024-5304
Verificable en https://www.boe.es
Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades
participantes en la Fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo de Fusión
adoptado, el proyecto de fusión y de los balances de fusión. De acuerdo con el
artículo 13 de la LME, los acreedores de cada una de las sociedades participantes
en la Fusión podrán realizar las actuaciones previstas en dicho artículo que
resulten de aplicación, en el plazo de un mes contado desde la publicación del
último anuncio de fusión.
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958
Núm. 187
Viernes 27 de septiembre de 2024
Pág. 6549
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
5304
GELASA ALIMENTACIÓN, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SIAB, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023
de 28 de junio, entre otros, de transposición de Directivas de la Unión Europea en
materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (la "LME"), se
hace público que el día 19 de septiembre de 2024, las sociedades Qualianza
Servicios Integrales de Distribución, S.L.U. ("QUALIANZA"), e Industrias Lácteas
Pascual, S.L.U. ("ILP"), constituidas en junta general universal de socios,
aprobaron, como socios de la sociedad SIAB, S.L. ("SIAB") la fusión inversa por
absorción de SIAB, como sociedad absorbida, por la sociedad GELASA
ALIMENTACIÓN, S.L.U. ("GELASA"), como sociedad absorbente (la "Fusión").
En virtud del acuerdo anterior, SIAB quedará disuelta sin liquidación, con
traspaso en bloque a título universal de su patrimonio a GELASA, como sociedad
absorbente, en los mismos términos del proyecto común de fusión suscrito por los
órganos de administración de las sociedades participantes en la Fusión el día 19
de septiembre de 2024, y de los balances de fusión formulados en las sociedades
participantes el 19 de septiembre de 2024 y cerrados a 31 de agosto de 2024.
Teniendo en cuenta (i) que el acuerdo de fusión ha sido aprobado por la
totalidad de los socios de SIAB, esto es, QUALIANZA e ILP, constituidos en Junta
Universal; y (ii) que SIAB, como sociedad absorbida, es titular directo de la
totalidad de las participaciones sociales de GELASA, como sociedad absorbente, y
que se trata de una fusión inversa por absorción, se deja expresa constancia de
que la Fusión se lleva a cabo de conformidad con los artículos 53.1, 56.1 y 9 de la
LME (por lo que el acuerdo de Fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o
depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin las menciones
referidas en el artículo 53.1.1º de la LME, informes de administradores y expertos
sobre el proyecto común de fusión), y no implica el aumento de capital de GELASA
como sociedad absorbente en la Fusión.
Madrid, 19 de septiembre de 2024.- El representante persona física designado
por Pascual Gestión Y Gobierno, S.L.U., administrador único de SIAB, S.L. y
Gelasa Alimentación, S.L.U., D. Emilio Martín González.
ID: A240042864-1
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cve: BORME-C-2024-5304
Verificable en https://www.boe.es
Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades
participantes en la Fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo de Fusión
adoptado, el proyecto de fusión y de los balances de fusión. De acuerdo con el
artículo 13 de la LME, los acreedores de cada una de las sociedades participantes
en la Fusión podrán realizar las actuaciones previstas en dicho artículo que
resulten de aplicación, en el plazo de un mes contado desde la publicación del
último anuncio de fusión.
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958