SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-5291)
SGS ESPAÑOLA DE CONTROL, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) SGS QUALICAFÉ, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 186

Jueves 26 de septiembre de 2024

Pág. 6532

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

5291

SGS ESPAÑOLA DE CONTROL, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SGS QUALICAFÉ, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de
28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta
a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la
reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de
transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones
estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida
profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del
Derecho de la Unión Europea (en adelante, "RDL 5/2023") se hace público que,
con fecha 23 de septiembre de 2024, las Juntas Generales Extraordinarias y
Universales de las sociedades anteriormente indicadas, han aprobado la fusión de
SGS Española de Control, S.A.U. y SGS QUALICAFÉ, S.A.U. mediante la
absorción de esta última por la primera, produciéndose la disolución sin liquidación
de la Sociedad Absorbida y la trasmisión en bloque a favor de la Sociedad
Absorbente, a título universal, de todos los elementos patrimoniales integrantes del
activo y del pasivo de la Sociedad Absorbida, quedando en consecuencia, SGS
Española de Control, S.A.U. subrogada en todos los derechos y obligaciones de la
Sociedad Absorbida.
Se pone de manifiesto que a la presente fusión por absorción le resulta de
aplicación el procedimiento de absorción de sociedad íntegramente participada, en
virtud de lo establecido en el artículo 53.1 del RDL 5/2023.
En dichas Juntas Generales se acordó aprobar los respectivos Balances de
fusión, cerrados a 31 de diciembre de 2023 y que la fusión, a efectos contables,
tenga efectos plenos a partir del 1 de enero de 2024.
Se hace constar expresamente el derecho que le asiste a los socios y
acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los
acuerdos adoptados y de los balances presentados, de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 10.1 del RDL 5/2023.
Madrid, 23 de septiembre de 2024.- D. Diego Llavero Rivera, El Secretario
Consejero del Consejo de Administración.

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