SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-5217)
ALTAN PHARMACEUTICALS, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) ALTAN PHARMA LIMITED (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 182

Viernes 20 de septiembre de 2024

Pág. 6450

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

5217

ALTAN PHARMACEUTICALS, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ALTAN PHARMA LIMITED
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,
de 28 de junio de transposición, entre otras, de la Directiva de la Unión Europea en
materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (la "LME"),
aplicable por remisión de los artículos 80 y siguientes de la LME, se hace público
que, con fecha 17 de septiembre de 2024, el accionista único de la sociedad
española ALTAN PHARMACEUTICALS, S.A.U. (la "Sociedad Absorbente") aprobó
la fusión por absorción transfronteriza intracomunitaria entre la Sociedad
Absorbente y la sociedad irlandesa ALTAN PHARMA LIMITED (la "Sociedad
Absorbida"), estando la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida
íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio, todo ello conforme
a lo previsto en los artículos 53 en relación con el artículo 56 de la LME, con
transmisión a título universal del patrimonio íntegro de la Sociedad Absorbida a la
Sociedad Absorbente, y disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, en los
términos y condiciones que se indican en el Proyecto Común de Fusión suscrito
por los administradores de las sociedades intervinientes el 28 de junio de 2024,
debidamente depositado en el Registro Mercantil de Barcelona el día 12 de agosto
de 2024, conforme a lo previsto en el artículo 9 de la LME.
Dicho Proyecto ha sido puesto a disposición de los socios, obligacionistas,
titulares de derechos especiales y de los trabajadores en el domicilio social de las
sociedades intervinientes, junto con la restante documentación prevista en el
artículo 46 de la LME así como de conformidad con lo previsto en el artículo 89 de
la LME.

La fusión aprobada se efectúa atendiendo a lo dispuesto en los artículos 53 y
56 de la LME, al tratarse de la absorción de sociedades íntegramente participadas
de forma directa por el mismo socio y atendiendo a lo dispuesto en los artículos 84
y siguientes y 101 a 106 de la LME por tratarse de una fusión transfronteriza
intracomunitaria.
De conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la LME, se hace constar
expresamente el derecho de los socios y de los acreedores de las sociedades
participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión
adoptados, así como de los balances de fusión, dirigiéndose al domicilio social de
cualquiera de las sociedades participantes en la fusión transfronteriza: ALTAN
PHARMACEUTICALS, S.A.U. (Sociedad Absorbente), sito en calle Colquide 6,
portal 2, 1.ª planta, oficina D, edificio Prisma 28231 - Las Rozas de Madrid - Madrid

cve: BORME-C-2024-5217
Verificable en https://www.boe.es

En la medida en que la Sociedad Absorbente es una sociedad constituida
conforme al Derecho español y la Sociedad Absorbida es una sociedad constituida
conforme al Derecho irlandés, la fusión es una fusión transfronteriza
intracomunitaria que se rige por lo establecido en las respectivas leyes nacionales
de las sociedades que participan en la misma, en atención a la transposición de la
Directiva (UE) 2019/2121 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de
noviembre de 2019, por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 en lo
relativo a las transformaciones, fusiones y escisiones transfronterizas de las
sociedades de capital.