SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-5200)
PICO ORBIA MACHINES & CARS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) INVERSIONES GOZAPEIRO, S.A. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 181

Jueves 19 de septiembre de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

5200

PICO ORBIA MACHINES & CARS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
INVERSIONES GOZAPEIRO, S.A. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/
2023, de 28 de junio, (en adelante, LME), se hace público que el día 5 de
septiembre de 2024, las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Pico
Orbia Machines & Cars, S.L. (Sociedad absorbente) y de Inversiones Gozapeiro,
S.A. (Sociedad absorbida), en ejercicio de sus competencias, han aprobado y por
unanimidad la fusión por absorción de Inversiones Gozapeiro, S.A. (Sociedad
absorbida), Sociedad íntegramente participada por Pico Orbia Machines & Cars,
S.L. (Sociedad absorbente) con la consiguiente disolución sin liquidación de la
Sociedad absorbida y la transmisión en bloque de su patrimonio a la Sociedad
absorbente, que adquiere por sucesión universal todos sus derechos y
obligaciones, todo ello en los términos y condiciones previstos en el Proyecto
Común de Fusión aprobado y suscrito por los administradores de las Sociedades
participantes con fecha 5 de septiembre de 2024.
La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 de la LME
al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad absorbente es titular
de forma directa de todas las participaciones sociales en el que se divide el capital
social de la Sociedad absorbida. En consecuencia, no resulta necesaria para esta
fusión (i) la inclusión en el Proyecto de fusión de las menciones 3, 5 y 7 del artículo
40 de la LME (ii) los informes de los administradores y expertos sobre el Proyecto
de Fusión, y (iii) el aumento de capital de la Sociedad absorbente.
El acuerdo de fusión se ha adoptado por cada una de las sociedades que
participan en la fusión, en Junta Universal, por unanimidad de todos los socios, por
lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la LME, el acuerdo
puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los
documentos exigidos por la LME y sin el informe de los administradores sobre el
Proyecto de Fusión.
De conformidad en los artículos 10,12 y 13 de la LME, se hace constar
expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades
participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de
los balances de fusión, en el domicilio social de las mismas, así como el derecho
de dichos acreedores de oponerse a la fusión en los términos y con los efectos
legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación
del último anuncio del acuerdo de fusión por absorción.

ID: A240041302-1

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cve: BORME-C-2024-5200
Verificable en https://www.boe.es

León, 5 de septiembre de 2024.- Doña Eugenia Pérez-Puchal Suárez,
administradora única de Pico Orbia Machines & Cars, S.L. y, Don Macario
Fernández García, administrador único de Inversiones Gozapeiro, S.A.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958