SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-5178)
EFI CRETAPRINT, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) EFI-CRETAPRINT DEVELOPMENT, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 180

Miércoles 18 de septiembre de 2024

Pág. 6406

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

5178

EFI CRETAPRINT, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
EFI-CRETAPRINT DEVELOPMENT, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto Ley 5/2023
de 28 de junio de transposición, entre otras, de la Directiva de la Unión Europea en
materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles ("RDLME"), se
hace público que el día 16 de septiembre de 2024 el socio único de la sociedad
"EFI CRETAPRINT, S.L.U." (la "Sociedad Absorbente") ha decidido aprobar la
fusión por absorción de la sociedad "EFI-CRETAPRINT DEVELOPMENT, S.L.U."
(la "Sociedad Absorbida" y, junto con la anterior, las "Sociedades Participantes") (la
"Fusión").
Tal y como dispone el artículo 34.2 del RDLME, la Fusión resultará en la
adquisición por sucesión universal del patrimonio de la Sociedad Absorbida, la cual
se extinguirá sin liquidación, por parte de la Sociedad Absorbente.
Asimismo, se deja constancia de que la Fusión se rige por el régimen
simplificado contemplado en el artículo 53 del RDLME para la "fusión por absorción
de sociedad íntegramente participada", al ser la Sociedad Absorbente titular de
forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital social
de la Sociedad Absorbida. No obstante, se hace constar que se dio publicidad al
proyecto común de fusión mediante su depósito en el Registro Mercantil de
Castellón.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 del RDLME se publica el
presente anuncio de Fusión, haciendo constar expresamente el derecho que asiste
a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la Fusión a obtener el
texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de la Fusión de las
Sociedades Participantes, cerrados a 31 de diciembre de 2023.
Los acreedores cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de la última
publicación del acuerdo de Fusión, no esté vencido y no lo consideren
suficientemente garantizado tendrán los derechos previstos en el artículo 13 del
RDLME.
Castellón, 17 de septiembre de 2024.- El administrador único de las
Sociedades Participantes, D. Remco Heinsdijk.

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