SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-5174)
AEDAS HOMES OPCO, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) DAMALANA SERVICIOS Y GESTIONES, S.L.U. EGON ASSET DEVELOPMENT, S.L.U. SERVICIOS INMOBILIARIOS MAUNA LOA, S.L.U. AEDAS HOMES COLMENAR VIEJO, S.L.U. FALCON DESARROLLOS INMOBILIARIOS, S.L.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 180

Miércoles 18 de septiembre de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

5174

AEDAS HOMES OPCO, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
DAMALANA SERVICIOS Y GESTIONES, S.L.U.
EGON ASSET DEVELOPMENT, S.L.U.
SERVICIOS INMOBILIARIOS MAUNA LOA, S.L.U.
AEDAS HOMES COLMENAR VIEJO, S.L.U.
FALCON DESARROLLOS INMOBILIARIOS, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,
de 28 de junio (el "RDL 5/2023"), se hace público que, el 16 de septiembre de
2024, los socios únicos de las sociedades Aedas Homes Opco, S.L.U., Damalana
Servicios y Gestiones, S.L.U., Egon Asset Development, S.L.U., Servicios
Inmobiliarios Mauna Loa, S.L.U., Aedas Homes Colmenar Viejo, S.L.U. y Falcon
Desarrollos Inmobiliarios, S.L.U., tras la aprobación de los correspondientes
balances de fusión y del proyecto común de fusión, aprobaron la fusión por
absorción de Damalana Servicios y Gestiones, S.L.U., Egon Asset Development,
S.L.U., Servicios Inmobiliarios Mauna Loa, S.L.U., Aedas Homes Colmenar Viejo,
S.L.U. y Falcon Desarrollos Inmobiliarios, S.L.U. (las "Sociedades Absorbidas") por
Aedas Homes Opco, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente" y, junto con las Sociedades
Absorbidas, las "Sociedades"), con extinción, vía disolución sin liquidación, de las
Sociedades Absorbidas y transmisión en bloque, a título universal, de sus
respectivos patrimonios a la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión
universal todos los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas (la
"Fusión").

Los acuerdos de fusión han sido aprobados conforme al proyecto común de
fusión suscrito y aprobado por los órganos de administración de las Sociedades el
16 de septiembre de 2024. Conforme al artículo 9 del RDL 5/2023, al haber sido
adoptados los acuerdos de fusión por los socios únicos de las Sociedades (lo que
equivale, a efectos del acuerdo de fusión, a que este se adopte en junta universal y
por unanimidad) no ha sido necesaria la publicación o el depósito de los
documentos exigidos por la ley ni, por tanto, el depósito del proyecto común de
fusión en el correspondiente Registro Mercantil. Los correspondientes balances de
fusión son los cerrados a 31 de marzo de 2024 y han sido auditados por los
auditores de cuentas de Aedas Homes Opco, S.L.U, Damalana Servicios y
Gestiones, S.L.U. y Aedas Homes Colmenar Viejo, S.L.U., no teniendo el resto de
Sociedades obligación de auditar sus cuentas anuales.
De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace
constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las
Sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los
balances de fusión, así como al envío gratuito, por medios electrónicos, de un
ejemplar de cada uno de ellos, que además se encuentran a su disposición en el
domicilio social de las Sociedades.

cve: BORME-C-2024-5174
Verificable en https://www.boe.es

En la medida en que las Sociedades Absorbidas son sociedades unipersonales
íntegramente participadas de forma directa por la Sociedad Absorbente, la Fusión
se acoge al régimen simplificado previsto en el artículo 53.1 del RDL 5/2023,
conforme al cual resultan de aplicación determinadas dispensas. Entre otros
aspectos, no ha resultado necesario llevar a cabo un aumento de capital en la
Sociedad Absorbente.