SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-5138)
OFELIA IBERIA, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) MUSGROVE, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 177
Viernes 13 de septiembre de 2024
Pág. 6350
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
5138
OFELIA IBERIA, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) MUSGROVE,
S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,
de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de
apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de
vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida
familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y
cumplimiento del Derecho de la Unión Europea ("LME"), se hace público que el
socio único de Ofelia Iberia, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente") y el socio único de
Musgrove, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida") han decidido, por unanimidad, el día
15 de marzo de 2024, aprobar la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida
por parte de la Sociedad Absorbente, con la extinción y sin liquidación de la
Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque de todo su patrimonio a la
Sociedad Absorbente.
Se hace constar que resulta de aplicación el artículo 9 de la LME, que exime
de la publicación y el depósito previo del proyecto de fusión, teniendo en cuenta
que los acuerdos de fusión han sido adoptados en junta universal y de forma
unánime por los socios de cada una de las sociedades que participan de la fusión.
Asimismo, al estar la Sociedad Absorbente íntegramente participada de forma
directa por la Sociedad Absorbida (es decir, tratándose de una fusión inversa en la
que la Sociedad Absorbida es titular de forma directa de todas las participaciones
sociales de la Sociedad Absorbente), la fusión se lleva a cabo sin ampliación de
capital en la Sociedad Absorbente, conforme a lo dispuesto en los artículos 53 y 56
de la LME. Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las
sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos
adoptados y los balances de fusión, así como los derechos reconocidos a los
acreedores de las sociedades que se fusionan, conforme al artículo 13 de la LME.
Madrid, 12 de septiembre de 2024.- Administrador único de Musgrove, S.L.U.:
Dña. Annalaura Benedetti Toruño; y administrador único de Ofelia Iberia, S.L.U.:
Musgrove, S.L.U. debidamente representada por Dña. Annalaura Benedetti
Toruño.
cve: BORME-C-2024-5138
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240040836-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958
Núm. 177
Viernes 13 de septiembre de 2024
Pág. 6350
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
5138
OFELIA IBERIA, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) MUSGROVE,
S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,
de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de
apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de
vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida
familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y
cumplimiento del Derecho de la Unión Europea ("LME"), se hace público que el
socio único de Ofelia Iberia, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente") y el socio único de
Musgrove, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida") han decidido, por unanimidad, el día
15 de marzo de 2024, aprobar la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida
por parte de la Sociedad Absorbente, con la extinción y sin liquidación de la
Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque de todo su patrimonio a la
Sociedad Absorbente.
Se hace constar que resulta de aplicación el artículo 9 de la LME, que exime
de la publicación y el depósito previo del proyecto de fusión, teniendo en cuenta
que los acuerdos de fusión han sido adoptados en junta universal y de forma
unánime por los socios de cada una de las sociedades que participan de la fusión.
Asimismo, al estar la Sociedad Absorbente íntegramente participada de forma
directa por la Sociedad Absorbida (es decir, tratándose de una fusión inversa en la
que la Sociedad Absorbida es titular de forma directa de todas las participaciones
sociales de la Sociedad Absorbente), la fusión se lleva a cabo sin ampliación de
capital en la Sociedad Absorbente, conforme a lo dispuesto en los artículos 53 y 56
de la LME. Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las
sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos
adoptados y los balances de fusión, así como los derechos reconocidos a los
acreedores de las sociedades que se fusionan, conforme al artículo 13 de la LME.
Madrid, 12 de septiembre de 2024.- Administrador único de Musgrove, S.L.U.:
Dña. Annalaura Benedetti Toruño; y administrador único de Ofelia Iberia, S.L.U.:
Musgrove, S.L.U. debidamente representada por Dña. Annalaura Benedetti
Toruño.
cve: BORME-C-2024-5138
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240040836-1
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