SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. REDUCCIÓN DE CAPITAL. (BORME-C-2024-5089)
PHILIPS IBÉRICA SAU
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 174
Martes 10 de septiembre de 2024
Pág. 6290
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
REDUCCIÓN DE CAPITAL
5089
PHILIPS IBÉRICA SAU
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de
Capital y de lo dispuesto en el artículo 170 del Reglamento del Registro Mercantil,
se hace público que, con fecha 30 de agosto de 2024, el Socio Único, ejerciendo
las competencias de la Junta General Extraordinaria y universal de Accionistas de
PHILIPS IBÉRICA, S.A.U. (la "Sociedad"), tomó la decisión, de conformidad con el
artículo 318 de la Ley de Sociedades de Capital, de reducir el capital social de la
Sociedad en la cuantía de 5.000.000 euros, quedando fijado en 15.000.000 euros,
mediante la amortización de 5.000 acciones de 1.000 euros de valor nominal cada
una de ellas, titularidad del accionista único KONINKLIJKE PHILIPS N.V., con la
finalidad de devolver el valor de las aportaciones al citado accionista.
Como consecuencia de la reducción de capital, el capital social de la Sociedad
queda fijado en 15.000.000 euros y dividido en 15.000 acciones de 1.000 euros de
valor nominal cada una, numeradas correlativamente de la 1 a 15.000, ambos
inclusive, todas ellas titularidad de KONINKLIJKE PHILIPS N.V., accionista único
de la Sociedad como resultado de la reducción de capital, modificándose
correspondientemente el artículo 6 de sus Estatutos Sociales.
En relación con el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos
Jurídicos Documentados, modalidad de Operaciones Societarias, a la que está
sujeta la reducción de capital, y que asciende al 1 por ciento del valor de las
aportaciones que se devuelven al accionista, se hace constar que la Sociedad
abonará por cuenta del mismo dicho importe en la Administración tributaria
competente.
A los efectos de la reducción de capital aprobada y de conformidad con los
artículos 334 y 336 de la LSC, los acreedores de la sociedad tienen derecho de
oposición a ejercitarse en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último
anuncio de reducción.
Madrid, 5 de septiembre de 2024.- Vicesecretaria no Consejera, Inés Domingo
Lozano.
cve: BORME-C-2024-5089
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240039797-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958
Núm. 174
Martes 10 de septiembre de 2024
Pág. 6290
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
REDUCCIÓN DE CAPITAL
5089
PHILIPS IBÉRICA SAU
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de
Capital y de lo dispuesto en el artículo 170 del Reglamento del Registro Mercantil,
se hace público que, con fecha 30 de agosto de 2024, el Socio Único, ejerciendo
las competencias de la Junta General Extraordinaria y universal de Accionistas de
PHILIPS IBÉRICA, S.A.U. (la "Sociedad"), tomó la decisión, de conformidad con el
artículo 318 de la Ley de Sociedades de Capital, de reducir el capital social de la
Sociedad en la cuantía de 5.000.000 euros, quedando fijado en 15.000.000 euros,
mediante la amortización de 5.000 acciones de 1.000 euros de valor nominal cada
una de ellas, titularidad del accionista único KONINKLIJKE PHILIPS N.V., con la
finalidad de devolver el valor de las aportaciones al citado accionista.
Como consecuencia de la reducción de capital, el capital social de la Sociedad
queda fijado en 15.000.000 euros y dividido en 15.000 acciones de 1.000 euros de
valor nominal cada una, numeradas correlativamente de la 1 a 15.000, ambos
inclusive, todas ellas titularidad de KONINKLIJKE PHILIPS N.V., accionista único
de la Sociedad como resultado de la reducción de capital, modificándose
correspondientemente el artículo 6 de sus Estatutos Sociales.
En relación con el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos
Jurídicos Documentados, modalidad de Operaciones Societarias, a la que está
sujeta la reducción de capital, y que asciende al 1 por ciento del valor de las
aportaciones que se devuelven al accionista, se hace constar que la Sociedad
abonará por cuenta del mismo dicho importe en la Administración tributaria
competente.
A los efectos de la reducción de capital aprobada y de conformidad con los
artículos 334 y 336 de la LSC, los acreedores de la sociedad tienen derecho de
oposición a ejercitarse en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último
anuncio de reducción.
Madrid, 5 de septiembre de 2024.- Vicesecretaria no Consejera, Inés Domingo
Lozano.
cve: BORME-C-2024-5089
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240039797-1
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