SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-5080)
ENDESA ENERGÍA, S.A. (SOCIEDAD UNIPERSONAL) (SOCIEDAD ABSORBENTE) ENDESA X SERVICIOS, S.L. (SOCIEDAD UNIPERSONAL) ENDESA ENERGÍA RENOVABLE, S.L. (SOCIEDAD UNIPERSONAL) (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 174

Martes 10 de septiembre de 2024

Pág. 6280

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

5080

ENDESA ENERGÍA, S.A. (SOCIEDAD UNIPERSONAL)
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ENDESA X SERVICIOS, S.L. (SOCIEDAD UNIPERSONAL)
ENDESA ENERGÍA RENOVABLE, S.L. (SOCIEDAD UNIPERSONAL)
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,
de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de
apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de
vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida
familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y
de cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (la "LME") se hace público que,
en fecha 2 de septiembre de 2024 los socios únicos de las sociedades ENDESA
ENERGÍA, S.A.U, ENDESA X SERVICIOS S.L.U. y ENDESA ENERGÍA
RENOVABLE S.L.U., en el ejercicio de las respectivas competencias que tienen
atribuidas, han aprobado la Fusión por absorción de ENDESA X SERVICIOS
S.L.U. ("Endesa X") y ENDESA ENERGÍA RENOVABLE S.L.U. ("EE Renovable" y
ambas conjuntamente "Sociedades Absorbidas") a favor de ENDESA ENERGÍA
S.A.U ("ENDESA ENERGÍA" o "Sociedad Absorbente") (en adelante,
indistintamente, "la Fusión" o la "Operación") siendo de aplicación el régimen
simplificado previsto en la LME, con las especialidades previstas en los artículos 9,
53 y 56 de la LME.
Por medio de la referida Operación, las Sociedades Absorbidas, se extinguirán,
mediante su disolución sin liquidación, produciéndose la transmisión en bloque y
por sucesión universal de sus patrimonios a favor de ENDESA ENERGIA. La
Fusión se realiza en los términos y condiciones previstos en el Proyecto Común de
Fusión suscrito por los Consejos de Administración de ENDESA ENERGÍA y
Endesa X y el Administrador Único de EE Renovable en fecha 28 de junio de 2024
utilizándose, como balances de Fusión los balances cerrados y auditados a 31 de
diciembre de 2023 de cada una de las sociedades participantes en la Operación.
Se deja constancia que, al tratarse de una Fusión asimilada a la de sociedad
íntegramente participada, en aplicación de lo establecido en los artículos 9, 53 y 56
de la LME, no ha sido necesario informe de los administradores ni anuncio de
convocatoria de Juntas por la que se acordó la Fusión, ni tampoco la previa
publicación o depósito de los documentos exigidos en la ley.

Los acreedores de cada una de las sociedades cuyos créditos hayan nacido
con anterioridad a la fecha de publicación de este anuncio disponen del plazo de
un mes, a contar desde la publicación de este anuncio, para ejercitar las acciones
previstas en los apartados 1º, 2º y 3º del artículo 13.1 de la LME.
Madrid, 3 de septiembre de 2024.- D. Carlos Iglesias Jiménez - Secretario del
Consejo de Administración de Endesa Energía S.A. (Sociedad Unipersonal) y

cve: BORME-C-2024-5080
Verificable en https://www.boe.es

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 de la LME se publica el
presente anuncio de Fusión haciendo constar expresamente el derecho que asiste
a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la Fusión, de obtener
el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de Fusión aprobados.