SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-5025)
MAR KIEL, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) KIEL LOGISTIC, S.L. (SOCIEDAD ADSORBIDA)
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 170
Miércoles 4 de septiembre de 2024
Pág. 6211
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
5025
MAR KIEL, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
KIEL LOGISTIC, S.L. (SOCIEDAD ADSORBIDA)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,
de 28 de junio, se hace público que los socios de la compañía MAR KIEL, S.L.,
constituidos en Junta General Extraordinaria Universal el día 21 de junio de 2024,
aprobaron la operación de fusión de dichas sociedades, mediante la absorción de
la sociedad íntegramente participada "KIEL LOGISTIC, S.L." (sociedad absorbida)
por parte de "MAR KIEL, S.L." (sociedad absorbente).
La Fusión supone la absorción de la Sociedad Absorbida por parte de la
Sociedad Absorbente, con la extinción, mediante su disolución sin liquidación, de la
Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque de su patrimonio a favor de la
Sociedad Absorbente, que adquirirá, por sucesión universal, la totalidad de los
derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, todo ello de conformidad con el
Proyecto Común de Fusión y los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de
2023.
Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de
obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de la fusión, así como
el derecho que corresponde a los acreedores de las sociedades que se fusionan a
oponerse a dicha fusión, en los términos establecidos en el artículo con el artículo
10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la
Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades
mercantiles, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del
último anuncio del acuerdo.
Vilanova de Arousa, 30 de agosto de 2024.- Presidenta del Consejo de
Administracion, Yolanda Del Rio Piñeiro.
ID: A240038901-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
cve: BORME-C-2024-5025
Verificable en https://www.boe.es
Se trata de una fusión especial, sometida al régimen de los artículos 9 y 56.1
RDLME, supuesto asimilado a la absorción de una sociedad íntegramente
participada del artículo 53.1 RDLME, dado que la Sociedad Absorbente y la
Sociedad Absorbida, son sociedades íntegramente participadas, de forma directa,
por los mismos socios y en idéntica participación en ambas sociedades (fusión
gemelar o entre hermanas). En consecuencia, la Fusión se acoge al régimen
simplificado, resultando de aplicación lo previsto en el artículo 53.1 RDLME, no
siendo necesario (i) La inclusión en el proyecto de fusión de las menciones
relativas al tipo de canje de las acciones o participaciones, a las modalidades de
entrega de las acciones o participaciones de la sociedad resultante a los socios de
la sociedad o sociedades absorbidas, a la fecha de participación en las ganancias
sociales de la sociedad resultante o a cualesquiera peculiaridades relativas a este
derecho o a la información sobre la valoración del activo y pasivo del patrimonio de
cada sociedad que se transmite a la sociedad resultante o a las fechas de las
cuentas de las sociedades que se fusionan, (ii) los informes de Administradores y
expertos sobre el Proyecto de Fusión, (iii) el aumento de capital de la sociedad
absorbente, y (iv) la aprobación de la Fusión por los socios de la Sociedad
Absorbida, en ejercicio de las competencias de la junta general.
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958
Núm. 170
Miércoles 4 de septiembre de 2024
Pág. 6211
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
5025
MAR KIEL, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
KIEL LOGISTIC, S.L. (SOCIEDAD ADSORBIDA)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,
de 28 de junio, se hace público que los socios de la compañía MAR KIEL, S.L.,
constituidos en Junta General Extraordinaria Universal el día 21 de junio de 2024,
aprobaron la operación de fusión de dichas sociedades, mediante la absorción de
la sociedad íntegramente participada "KIEL LOGISTIC, S.L." (sociedad absorbida)
por parte de "MAR KIEL, S.L." (sociedad absorbente).
La Fusión supone la absorción de la Sociedad Absorbida por parte de la
Sociedad Absorbente, con la extinción, mediante su disolución sin liquidación, de la
Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque de su patrimonio a favor de la
Sociedad Absorbente, que adquirirá, por sucesión universal, la totalidad de los
derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, todo ello de conformidad con el
Proyecto Común de Fusión y los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de
2023.
Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de
obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de la fusión, así como
el derecho que corresponde a los acreedores de las sociedades que se fusionan a
oponerse a dicha fusión, en los términos establecidos en el artículo con el artículo
10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la
Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades
mercantiles, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del
último anuncio del acuerdo.
Vilanova de Arousa, 30 de agosto de 2024.- Presidenta del Consejo de
Administracion, Yolanda Del Rio Piñeiro.
ID: A240038901-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
cve: BORME-C-2024-5025
Verificable en https://www.boe.es
Se trata de una fusión especial, sometida al régimen de los artículos 9 y 56.1
RDLME, supuesto asimilado a la absorción de una sociedad íntegramente
participada del artículo 53.1 RDLME, dado que la Sociedad Absorbente y la
Sociedad Absorbida, son sociedades íntegramente participadas, de forma directa,
por los mismos socios y en idéntica participación en ambas sociedades (fusión
gemelar o entre hermanas). En consecuencia, la Fusión se acoge al régimen
simplificado, resultando de aplicación lo previsto en el artículo 53.1 RDLME, no
siendo necesario (i) La inclusión en el proyecto de fusión de las menciones
relativas al tipo de canje de las acciones o participaciones, a las modalidades de
entrega de las acciones o participaciones de la sociedad resultante a los socios de
la sociedad o sociedades absorbidas, a la fecha de participación en las ganancias
sociales de la sociedad resultante o a cualesquiera peculiaridades relativas a este
derecho o a la información sobre la valoración del activo y pasivo del patrimonio de
cada sociedad que se transmite a la sociedad resultante o a las fechas de las
cuentas de las sociedades que se fusionan, (ii) los informes de Administradores y
expertos sobre el Proyecto de Fusión, (iii) el aumento de capital de la sociedad
absorbente, y (iv) la aprobación de la Fusión por los socios de la Sociedad
Absorbida, en ejercicio de las competencias de la junta general.
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958