SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-5016)
MAN ENERGY SOLUTIONS IBERIA, S.A., SOCIEDAD UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBENTE) MAN ENERGY SOLUTIONS PORTUGAL LDA (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 168
Lunes 2 de septiembre de 2024
Pág. 6201
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
5016
MAN ENERGY SOLUTIONS IBERIA, S.A., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MAN ENERGY SOLUTIONS PORTUGAL LDA (SOCIEDAD
ABSORBIDA)
Anuncio de fusión por absorción transfronteriza intracomunitaria:
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7 del Libro Primero
(Transposición de directiva de la Unión Europea en materia de modificaciones
estructurales de sociedades mercantiles) del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de
junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las
consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la
reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de
transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones
estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida
profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del
Derecho de la Unión Europea (en lo sucesivo la "Ley de Modificaciones
Estructurales" o la "LME"), se hace público e informa de que la totalidad de los
administradores de Man Energy Solutions Iberia, S.A., Sociedad Unipersonal
("MAN ES Iberia") y de Man Energy Solutions Portugal Lda ("MAN ES Portugal"),
han aprobado y firmado, con fecha 13 de mayo de 2024, el proyecto común de
fusión transfronteriza (el "Proyecto de Fusión") referido a la fusión por absorción de
MAN ES Portugal por parte de MAN ES Iberia, y que implicará la extinción sin
liquidación de MAN ES Portugal y la transmisión en bloque de su patrimonio social
a Man ES Iberia, que adquirirá tal patrimonio a título universal (la "Fusión"). Nótese
que el referido Proyecto de Fusión ha sido depositado en el Registro Mercantil de
Madrid y el Registro Mercantil portugués correspondiente, y que en cumplimiento
de lo previsto en el artículo 40.9º de la LME incluye la acreditación de MAN ES
Iberia de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias
y frente a la Seguridad Social.
Considerando que la mercantil alemana MAN Energy Solutions SE (el "Socio
Único") es titular de forma directa de todas las acciones en las que se divide el
capital social de MAN ES Iberia y de todas las participaciones sociales en las que
se divide el capital social de MAN ES Portugal, la Fusión seguirá el régimen de las
fusiones especiales previsto en la LME, por lo que no se exige la aprobación de la
Fusión por la Junta General de MAN ES Portugal. No obstante, está previsto que
en todo caso el Socio Único apruebe asimismo la Fusión en su calidad de socio
único de MAN ES Portugal, lo que equivale a que el acuerdo de fusión se adoptará
en cada sociedad por unanimidad y mediante junta general celebrada con el
carácter de universal.
A los efectos del artículo 46 de la LME, y considerando que no existen
obligacionistas ni titulares de derechos especiales, se hace constar que se
encuentran a disposición de los socios, los trabajadores (habida cuenta de que no
cve: BORME-C-2024-5016
Verificable en https://www.boe.es
Asimismo se informa de que los referidos administradores de MAN ES Iberia y
MAN ES Portugal han aprobado y firmado, con fecha 13 de mayo de 2024, de
conformidad con lo previsto en los artículos 5 y 85 de la LME, un informe de
administradores dirigido a los trabajadores y empleados de las referidas
sociedades, explicativo y justificativo de los aspectos jurídicos y económicos de la
Fusión y sus consecuencias para los trabajadores y para la actividad futura de la
sociedad absorbente (el "Informe de Administradores").
Núm. 168
Lunes 2 de septiembre de 2024
Pág. 6201
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
5016
MAN ENERGY SOLUTIONS IBERIA, S.A., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MAN ENERGY SOLUTIONS PORTUGAL LDA (SOCIEDAD
ABSORBIDA)
Anuncio de fusión por absorción transfronteriza intracomunitaria:
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7 del Libro Primero
(Transposición de directiva de la Unión Europea en materia de modificaciones
estructurales de sociedades mercantiles) del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de
junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las
consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la
reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de
transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones
estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida
profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del
Derecho de la Unión Europea (en lo sucesivo la "Ley de Modificaciones
Estructurales" o la "LME"), se hace público e informa de que la totalidad de los
administradores de Man Energy Solutions Iberia, S.A., Sociedad Unipersonal
("MAN ES Iberia") y de Man Energy Solutions Portugal Lda ("MAN ES Portugal"),
han aprobado y firmado, con fecha 13 de mayo de 2024, el proyecto común de
fusión transfronteriza (el "Proyecto de Fusión") referido a la fusión por absorción de
MAN ES Portugal por parte de MAN ES Iberia, y que implicará la extinción sin
liquidación de MAN ES Portugal y la transmisión en bloque de su patrimonio social
a Man ES Iberia, que adquirirá tal patrimonio a título universal (la "Fusión"). Nótese
que el referido Proyecto de Fusión ha sido depositado en el Registro Mercantil de
Madrid y el Registro Mercantil portugués correspondiente, y que en cumplimiento
de lo previsto en el artículo 40.9º de la LME incluye la acreditación de MAN ES
Iberia de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias
y frente a la Seguridad Social.
Considerando que la mercantil alemana MAN Energy Solutions SE (el "Socio
Único") es titular de forma directa de todas las acciones en las que se divide el
capital social de MAN ES Iberia y de todas las participaciones sociales en las que
se divide el capital social de MAN ES Portugal, la Fusión seguirá el régimen de las
fusiones especiales previsto en la LME, por lo que no se exige la aprobación de la
Fusión por la Junta General de MAN ES Portugal. No obstante, está previsto que
en todo caso el Socio Único apruebe asimismo la Fusión en su calidad de socio
único de MAN ES Portugal, lo que equivale a que el acuerdo de fusión se adoptará
en cada sociedad por unanimidad y mediante junta general celebrada con el
carácter de universal.
A los efectos del artículo 46 de la LME, y considerando que no existen
obligacionistas ni titulares de derechos especiales, se hace constar que se
encuentran a disposición de los socios, los trabajadores (habida cuenta de que no
cve: BORME-C-2024-5016
Verificable en https://www.boe.es
Asimismo se informa de que los referidos administradores de MAN ES Iberia y
MAN ES Portugal han aprobado y firmado, con fecha 13 de mayo de 2024, de
conformidad con lo previsto en los artículos 5 y 85 de la LME, un informe de
administradores dirigido a los trabajadores y empleados de las referidas
sociedades, explicativo y justificativo de los aspectos jurídicos y económicos de la
Fusión y sus consecuencias para los trabajadores y para la actividad futura de la
sociedad absorbente (el "Informe de Administradores").