SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES. (BORME-C-2024-4988)
MUTUALIDAD ESCOLAR DE PREVISIÓN SOCIAL DEL COLEGIO PARAÍSO DE LOS SAGRADOS CORAZONES DE MADRID (PARAISO SAGRADOS CORAZONES), EN LIQUIDACIÓN
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 163

Lunes 26 de agosto de 2024

Pág. 6169

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES

4988

MUTUALIDAD ESCOLAR DE PREVISIÓN SOCIAL DEL COLEGIO
PARAÍSO DE LOS SAGRADOS CORAZONES DE MADRID (PARAISO
SAGRADOS CORAZONES), EN LIQUIDACIÓN

Llamamiento a los acreedores desconocidos
Se comunica a los acreedores desconocidos de Mutualidad Escolar de
Previsión Social del colegio Paraíso de los Sagrados Corazones de Madrid, en
liquidación (CIF V78114840 y clave MPS 2958) que, conforme a lo dispuesto en el
artículo 185.4 de la ley 20/2015, de 14 de julio de ordenación, supervisión y
solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras (LOSSEAR) por
resolución de 21 de mayo de 2024, la Dirección General de Autónomos y
Emprendimiento de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la
Comunidad de Madrid (BOCM núm. 158, de fecha 4 de julio) declaró en plena
vigencia la resolución de esa misma Dirección de 27 de febrero por virtud de la
cual se revocó la autorización administrativa para la actividad aseguradora de la
Mutualidad, encomendando su liquidación al CONSORCIO DE COMPENSACIÓN
DE SEGUROS.
El Consorcio ha asumido la condición de liquidador con los efectos previstos en
el artículo 184 y ss de la LOSSEAR, sustituyendo a todos sus órganos sociales y,
en consecuencia, no habiendo lugar a la celebración de juntas o asambleas
ordinarias o extraordinarias de mutualistas de la entidad.
El procedimiento de liquidación, dada la constatada situación de solvencia de
la Mutualidad, se lleva a cabo conforme lo establecido en el capítulo II del título VII
de la LOSSEAR, mediante el abono de los créditos a los acreedores con cargo a
los fondos de la propia entidad a medida que éstos sean líquidos y exigibles y los
derivados de gastos de liquidación, sin que sea necesaria la convocatoria de junta
de acreedores.
Se hace llamamiento a los acreedores desconocidos, para que, en el plazo de
un mes a contar desde la fecha de publicación de este anuncio, formulen
reclamación u observación de sus créditos, adjuntando los originales de la
documentación justificativa de los mismos.

En su caso, la documentación podrá remitirse a las siguientes direcciones,
haciendo referencia en el Asunto a "PARAISO 309. Llamamiento a Acreedores":
Preferentemente, por correo electrónico
paraisoliquidacion@consorseguros.es

dirigido

a

Por correo postal dirigido al domicilio de la liquidación (Paseo de la Castellana,
nº 32 5ª planta, 28046 Madrid)
Por comparecencia ante el Consorcio (en horario de martes a jueves, de 9.00 a
14.00 horas, exclusivamente)

cve: BORME-C-2024-4988
Verificable en https://www.boe.es

Se comunica que los acreedores con domicilio en un Estado miembro, podrán
presentar los escritos de reclamación de créditos o de observaciones sobre los
créditos en la lengua oficial o en una de las lenguas oficiales del Estado donde
radique su domicilio, si bien el escrito deberá llevar el encabezamiento
"Presentación de créditos" o, en su caso, "Presentación de observaciones sobre
los créditos"