SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-4980)
KUREDENTAL BAHIA, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA) KURE DENT, S.L. MULTIDENTAL CHICLANA, S.L. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 162

Viernes 23 de agosto de 2024

Pág. 6160

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

4980

KUREDENTAL BAHIA, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
KURE DENT, S.L.
MULTIDENTAL CHICLANA, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

De conformidad con lo dispuesto el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de
28 de junio, de Transposición de Directiva de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, se hace público que con
fecha 7 de agosto de 2024, el socio único de la entidad KUREDENTAL BAHIA,
S.L. (sociedad escindida), acordó la escisión total con extinción de dicha entidad
vía disolución sin liquidación, mediante la transmisión en bloque de todo su
patrimonio a la sociedad KURE DENT, S.L., y la sociedad de nueva creación
MULTIDENTAL CHICLANA, S.L. (Sociedades Beneficiarias de la Escisión), que se
constituirá simultáneamente, adquiriendo por sucesión a título universal, todos los
derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido y adjudicado a favor
de cada una de ellas. Todo ello de conformidad con el Proyecto de Escisión Total
redactado y suscritos por los órganos de administración de las sociedades
intervinientes y aprobado por el Administrador único de la entidad KUREDENTAL
BAHIA, S.L., con fecha 6 de agosto de 2024 que contiene el detalle de los
elementos de activo y pasivo que componen el patrimonio escindido transmitido a
cada una de las sociedades beneficiarias, esto es, KURE DENT, S.L. y
MULTIDENTAL CHICLANA, S.L.
Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a la socios y
acreedores de la Sociedad Escindida a solicitar y obtener de forma gratuita el texto
íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de escisión. Del mismo modo se
hace constar el derecho de los acreedores a oponerse a la escisión total, en los
términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar
desde la fecha de publicación del anuncio de escisión total, de acuerdo con lo
establecido en el art. 13 del citado RD-ley 5/2023.
Chiclana de la Frontera (Cádiz), 14 de agosto de 2024.- El Administrador único,
Fernando Gómez Lozano.

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D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958