SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-4960)
PRG RETAIL GROUP SPAIN, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) PRENATAL, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 160
Miércoles 21 de agosto de 2024
Pág. 6136
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
4960
PRG RETAIL GROUP SPAIN, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PRENATAL, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
De conformidad y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 del Real
Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de entre otros, la transposición de Directivas de
la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades
mercantiles (el "Real Decreto-ley 5/2023") se hace público lo siguiente:
A. Que el Socio y Accionista Único de las sociedades PRG Retail Group Spain,
S.L.U. y Prenatal, S.A.U., en sesiones celebradas el 19 de agosto de 2024,
aprobaron la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de Prenatal,
S.A.U. (Sociedad absorbida) por PRG Retail Group Spain, S.L.U. (Sociedad
Absorbente), adquiriendo esta última, por sucesión universal, el patrimonio de la
Sociedad Absorbida, que quedará extinguida y disuelta sin liquidación, con
traspaso a la sociedad absorbente de todos los bienes, derechos y obligaciones
que constituyen sus patrimonios sociales.
B. En la medida en que la Sociedad Absorbida es titular de forma directa de la
totalidad de las participaciones de la Sociedad Absorbente, es decir, una fusión
inversa, nos encontramos ante un supuesto asimilado a la absorción de
sociedades íntegramente participadas, siendo de aplicación el artículo 53.1.1º del
Real Decreto-ley 5/2023, por remisión del artículo 56.1 del mismo cuerpo legal. La
fusión se acordó en base al Proyecto suscrito por los órganos de administración de
las sociedades intervinientes en fecha 25 de junio de 2024.
C. Los Balances de Fusión son los cerrados a 31 de diciembre de 2023. Las
dos sociedades tienen obligación legal de auditar sus cuentas anuales.
D. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y
acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro
de las decisiones de fusión adoptadas, así como los balances de fusión. Se
informa igualmente a los acreedores de cada una de las sociedades que se
fusionan de sus derechos de protección a ejercitar en el plazo y términos previstos
en el artículo 13 del Real Decreto-ley 5/2023.
Madrid, 20 de agosto de 2024.- , Secretario no Consejero de PRG Retail Group
Spain, S.L.U. y de Prenatal, S.A.U, D. Luis Marimón Prats.
cve: BORME-C-2024-4960
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240037784-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958
Núm. 160
Miércoles 21 de agosto de 2024
Pág. 6136
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
4960
PRG RETAIL GROUP SPAIN, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PRENATAL, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
De conformidad y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 del Real
Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de entre otros, la transposición de Directivas de
la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades
mercantiles (el "Real Decreto-ley 5/2023") se hace público lo siguiente:
A. Que el Socio y Accionista Único de las sociedades PRG Retail Group Spain,
S.L.U. y Prenatal, S.A.U., en sesiones celebradas el 19 de agosto de 2024,
aprobaron la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de Prenatal,
S.A.U. (Sociedad absorbida) por PRG Retail Group Spain, S.L.U. (Sociedad
Absorbente), adquiriendo esta última, por sucesión universal, el patrimonio de la
Sociedad Absorbida, que quedará extinguida y disuelta sin liquidación, con
traspaso a la sociedad absorbente de todos los bienes, derechos y obligaciones
que constituyen sus patrimonios sociales.
B. En la medida en que la Sociedad Absorbida es titular de forma directa de la
totalidad de las participaciones de la Sociedad Absorbente, es decir, una fusión
inversa, nos encontramos ante un supuesto asimilado a la absorción de
sociedades íntegramente participadas, siendo de aplicación el artículo 53.1.1º del
Real Decreto-ley 5/2023, por remisión del artículo 56.1 del mismo cuerpo legal. La
fusión se acordó en base al Proyecto suscrito por los órganos de administración de
las sociedades intervinientes en fecha 25 de junio de 2024.
C. Los Balances de Fusión son los cerrados a 31 de diciembre de 2023. Las
dos sociedades tienen obligación legal de auditar sus cuentas anuales.
D. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y
acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro
de las decisiones de fusión adoptadas, así como los balances de fusión. Se
informa igualmente a los acreedores de cada una de las sociedades que se
fusionan de sus derechos de protección a ejercitar en el plazo y términos previstos
en el artículo 13 del Real Decreto-ley 5/2023.
Madrid, 20 de agosto de 2024.- , Secretario no Consejero de PRG Retail Group
Spain, S.L.U. y de Prenatal, S.A.U, D. Luis Marimón Prats.
cve: BORME-C-2024-4960
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