SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-4959)
JAJIEL, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) LEIJAJ, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 160
Miércoles 21 de agosto de 2024
Pág. 6135
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
4959
JAJIEL, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
LEIJAJ, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
Se hace público que las juntas generales extraordinarias, con carácter de
universales, de socios de las citadas sociedades, celebradas todas ellas en fecha
14 de agosto de 2024 en los domicilios sociales, aprobaron, por unanimidad, la
fusión de dichas sociedades mediante la absorción por JAJIEL, S.L. de la entidad
LEIJAJ, S.L., en los términos y condiciones del proyecto de fusión en unión de un
documento complementario ambos suscritos por los órganos de administración de
las sociedades intervinientes y depositados en el Registro Mercantil de Barcelona
en fecha 12 de julio de 2024.
Habiéndose acordado por unanimidad la fusión por las Junta Generales
Extraordinarias de ambas sociedades, de acuerdo con lo preceptuado en el
artículo 9 de la Ley, no es necesario publicar, ni depositar previamente los
documentos exigidos por la Ley.
Asimismo, se pone de manifiesto que siendo que ni la sociedad absorbente ni
la absorbida tiene trabajadores, no cabe informar a los representantes de los
trabajadores sobre el objeto y alcance de la fusión proyectada.
Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las
sociedades a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de
fusión y balance de fusión en los términos del artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/
2023. Asimismo, se hace constar el derecho de protección a los socios y de
oposición que asiste a los acreedores de ésta, durante el plazo de un mes, a
contar desde la fecha de la publicación del último anuncio de fusión, en los
términos de los artículos 12 y 13 del Real Decreto-Ley 5/2023.
Barcelona, 15 de agosto de 2024.- D. Eduardo Rigau Llauger Administrador
mancomunado Jajiel, S.L. y Leijaj, S.L. y D. Jordi Rigau Llauger Administrador
mancomunado Jajiel, S.L. y Leijaj, S.L, .
cve: BORME-C-2024-4959
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240037587-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958
Núm. 160
Miércoles 21 de agosto de 2024
Pág. 6135
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
4959
JAJIEL, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
LEIJAJ, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
Se hace público que las juntas generales extraordinarias, con carácter de
universales, de socios de las citadas sociedades, celebradas todas ellas en fecha
14 de agosto de 2024 en los domicilios sociales, aprobaron, por unanimidad, la
fusión de dichas sociedades mediante la absorción por JAJIEL, S.L. de la entidad
LEIJAJ, S.L., en los términos y condiciones del proyecto de fusión en unión de un
documento complementario ambos suscritos por los órganos de administración de
las sociedades intervinientes y depositados en el Registro Mercantil de Barcelona
en fecha 12 de julio de 2024.
Habiéndose acordado por unanimidad la fusión por las Junta Generales
Extraordinarias de ambas sociedades, de acuerdo con lo preceptuado en el
artículo 9 de la Ley, no es necesario publicar, ni depositar previamente los
documentos exigidos por la Ley.
Asimismo, se pone de manifiesto que siendo que ni la sociedad absorbente ni
la absorbida tiene trabajadores, no cabe informar a los representantes de los
trabajadores sobre el objeto y alcance de la fusión proyectada.
Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las
sociedades a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de
fusión y balance de fusión en los términos del artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/
2023. Asimismo, se hace constar el derecho de protección a los socios y de
oposición que asiste a los acreedores de ésta, durante el plazo de un mes, a
contar desde la fecha de la publicación del último anuncio de fusión, en los
términos de los artículos 12 y 13 del Real Decreto-Ley 5/2023.
Barcelona, 15 de agosto de 2024.- D. Eduardo Rigau Llauger Administrador
mancomunado Jajiel, S.L. y Leijaj, S.L. y D. Jordi Rigau Llauger Administrador
mancomunado Jajiel, S.L. y Leijaj, S.L, .
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