SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-4927)
GRUPO ALTOPASO, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) ALTOPASO INTEGRACIÓN, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 156

Miércoles 14 de agosto de 2024

Pág. 6103

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

4927

GRUPO ALTOPASO, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ALTOPASO INTEGRACIÓN, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023,
de transposición de la Directiva de la Unión Europea en Materia de Modificaciones
Estructurales de Sociedades Mercantiles (en adelante, el "Real Decreto-Ley 5/
2023"), se hace público que, en fecha 30 de junio de 2024, las sociedades GRUPO
ALTOPASO, S.L. con N.I.F. número B-15.772.601 y ALTOPASO INTEGRACIÓN,
S.L. con N.I.F. número B-70.541.164 se constituyeron, respectivamente, en Junta
General Extraordinaria, con carácter de Universal, y, en el seno de las respectivas
reuniones, acordaron, por unanimidad de todos los socios con derecho a voto,
llevar a cabo una operación de fusión por absorción en virtud de la cual GRUPO
ALTOPASO, S.L. (Sociedad Absorbente) procederá a la absorción de ALTOPASO
INTEGRACIÓN, S.L. (Sociedad Absorbida), con la consiguiente disolución y
extinción de esta última y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la
Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los elementos del
activo y pasivo, así como los derechos y obligaciones de aquella, todo ello
conforme al proyecto común de fusión suscrito en fecha 20 de mayo de 2024 por
los respectivos órganos de administración de las meritadas sociedades.
La fusión ha sido planteada y aprobada en pleno respeto de los preceptos
estatutarios y las formalidades legales para este tipo de operaciones, que se
encuentran contempladas en el Real Decreto-Ley 5/2023, tanto en el capítulo II de
su título I, relativo a las disposiciones comunes, como en el capítulo II de su título
II, relativo a las operaciones de fusión.
En particular, se hace constar expresamente que, con carácter previo a la
adopción del acuerdo unánime en sede de junta general, se ha puesto a
disposición de los trabajadores y sus representantes toda la información relativa a
la operación de fusión, mediante informe elaborado por el órgano de
administración de las respectivas sociedades.
De igual forma, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los
acreedores de cada una de las sociedades participantes de obtener el texto íntegro
de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.
A Coruña, 9 de agosto de 2024.- Administradores solidarios, Manuel Quiroga
González y María Olga Rodríguez Rodríguez.

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D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958