SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-4917)
NACAVI GESTIÓN EMPRESARIAL, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) Y AIRKID CONFORT, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 155

Martes 13 de agosto de 2024

Pág. 6090

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

4917

NACAVI GESTIÓN EMPRESARIAL, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
Y AIRKID CONFORT, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Se hace público que las Juntas Generales extraordinarias y universales de
socios de las citadas sociedades, celebradas todas el día 11 de Julio de 2024, han
aprobado, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción
por NACAVI GESTIÓN EMPRESARIAL, SL de AIRKID CONFORT, SLU, que dará
lugar, una vez concluido el proceso de fusión, a la extinción sin liquidación de la
sociedad absorbida, y la transmisión en bloque de la totalidad del patrimonio social
de la misma a favor de la sociedad absorbente, quien adquirirá por sucesión a
título universal la totalidad de los derechos y obligaciones que componen el
patrimonio de la sociedad absorbida. Dicho Proyecto, ha sido depositado en el
Registro Mercantil de Alicante, habiéndose practicado las correspondientes notas
al margen en la hoja registral de cada una de las sociedades intervinientes.
Se pone de manifiesto que, conforme a lo establecido en el artículo 9 del Real
Decreto-Ley 5/2023, el acuerdo de fusión se ha aprobado sin necesidad de
publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley, y sin anuncio
sobre la posibilidad de formular observaciones ni informe de los administradores
sobre el proyecto de fusión dirigido a los socios.
Asimismo, y de conformidad con el artículo 7.1.2º del RDL 5/2023, se hace
constar el derecho que corresponde a los socios, acreedores y representantes de
los trabajadores o, cuando no existan tales representantes, a los propios
trabajadores, a presentar a las Sociedades observaciones relativas al Proyecto de
Fusión. No obstante, se ha informado debidamente a los trabajadores sobre el
objeto y alcance de la fusión proyectada y se ha tomado en consideración el
informe de los administradores sobre los efectos que pudiera tener la operación
sobre el empleo.
Finalmente, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de
ambas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los
balances de fusión.
Alicante, 11 de julio de 2024.- Administradora unica, Julie Anne Brassey.

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D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958